Boletines/Bragado
Decreto Nº 787
Bragado, 28/06/2024
Visto
VISTO: El certificado presentado por la agente municipal Biscouby Mariana; y,
Considerando
CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza N° 3002/02 se faculta al Departamento Ejecutivo a otorgar adelantos al personal de hasta tres (3) sueldos mínimos cuando circunstancias de grave enfermedad del trabajador o integrante de su grupo familiar lo hagan necesario; Que, de conformidad con el certificado presentado por la trabajadora se hace necesario proceder al dictado del acto administrativo pertinente; por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL D E C R E T A
ARTICULO 1°.- OTORGAR a la Sra. Biscouby Mariana, DNI Nº 33.335.484, legajo N° 3562, la suma de PESOS DOSCIENTOS TREINTA Y SEIS MIL ($236.000), conforme las disposiciones de la Ordenanza N° 3002/02 promulgada por el Decreto N° 636/02. ARTICULO 2°.- Determinar que el monto será reintegrado en SEIS (6) cuotas mensuales y consecutivas de PESOS TREINTA Y NUEVE MIL TRESCIENTOS TREINTA Y TRES ($39.333), a ser descontadas de los haberes que perciba a partir del mes de junio y hasta el de noviembre del año en curso, inclusive. ARTICULO 3°.- Refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno y Personal BARENGHI, SERGIO JUAN. QUARLERI, JOSÉ LUIS. ARTICULO 4°.- FIRMAR, REGISTRAR, COMUNICAR, PUBLICAR, DAR AL BOLETIN OFICIAL Y ARCHIVAR.-