Boletines/Bragado

Decreto Nº770

Decreto Nº 770

Bragado, 19/06/2024

Visto

VISTO: La solicitud de habilitación comercial presentada por la ciudadana María Ofelia Gigena, en el expediente municipal Nº 2023/24 correspondiente al local sito en calle Rivadavia Nº 370 de Bragado, que funcionará bajo el rubro “regalería”; y,

Considerando

CONSIDERANDO: Que, el mismo se encuentra emplazado en zona donde se permite el desarrollo de la citada actividad; Que, realizadas las inspecciones de seguridad e higiene y catastral, se comprobó que posee las correctas condiciones y requisitos necesarios para su funcionamiento; Que, habiéndose dado cumplimiento a lo establecido en la Ordenanza Nº 4884/17, corresponde llevar a cabo el acto administrativo para el otorgamiento de la habilitación municipal provisoria; por ello:

   EL INTENDENTE MUNICIPAL DECRETA

ARTICULO 1º.- AUTORIZAR a inscribir bajo Habilitación Municipal provisoria Nº 10.521 el local comercial ubicado en calle Rivadavia Nº 370 de Bragado, identificado catastralmente como Circ. I - Secc. B - Mz. 110 - Parc. 6 F - UF. 3, dedicado a RUBRO “REGALERÍA”, propiedad de la Sra. GIGENA, MARÍA OFELIA, DNI Nº 4.080.542, CUIT 27-040805542-2, por el plazo de 180 (ciento ochenta) días; caducando indefectiblemente el 31 de marzo de 2025, conforme lo establecido en el art. 7 inc. h) de la Ordenanza Nº 4884/17 y en los arts. 1 y 2 de la Ordenanza Nº 4691/15. ARTICULO 2°.- Refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno y Personal BARENGHI, SERGIO JUAN. QUARLERI, JOSÉ LUIS. ARTÍCULO 3º.- FIRMAR, REGISTRAR, COMUNICAR, PUBLICAR, DAR AL BOLETIN   OFICIAL Y ARCHIVAR.