Boletines/San Andrés de Giles
Resolución Nº 122/24
San Andrés de Giles, 02/05/2024
Visto
el expediente Nº 4101-19.941-0-2024 iniciado con motivo de la presentación formulada por la convecina Alejandra Noriega con fecha 24 abril del año en curso ; y
Considerando
Que plantea la convecina en su escrito la posibilidad de obtener la autorización correspondiente para proceder a la extracción de un ( 1) ejemplar arbóreo existente en la vereda del inmueble de su propiedad sito en calle Urquiza Nº 1555 de nuestra ciudad
de nuestra ciudad ;
Que fundamenta su petición en la circunstancia que el árbol presenta mal estado en general y es necesario su extracción para comenzar una obra de edificación en el lugar.
Que se ha requerido la intervención de oficio del Ingeniero Forestal José Luis Ponti, perteneciente al área de arbolado urbano de la Dirección de Ambiente , quien ha corroborado los dichos de la solicitante en cuanto al estado del ejemplar.
Que manifiesta asimismo el funcionario que el árbol en cuestión pertenece
a la variedad Acacio Bola o Robinia Pseudoacacia Var Umbraculifera ,tratándose de un árbol de crecimiento rápido , de gran valor ornamental en sus primeros años de desarrollo y que no florece , por lo tanto no fructifica.
Que luego de describir las características individuales de la especie mencionada, indica el Ing.Ponti que los dichos de la vecina son reales, tal se expresara precedentemente y que probablemente los inconvenientes podrían solucionarse mediante una poda periódica de raíces, pero muy probablemente su estado sanitario empeoraría, aumentando el riesgo de accidentes, ya que presenta mala respuesta a las podas, pues frente a éstas su madera se degrada rápidamente partiendo de la zona de los cortes , tiene mala sanidad en general siendo frecuentes los ataques de taladrosy diferentes insectos antes el mínimo estrés .
Que continúa expresando en su informe el funcionario interviniente, que el actual aspecto estético del árbol es malo, presentando la copa degradada ,y considerando el mismo que el ejemplar no cumple las funciones esperables del arbolado urbano.
Que en virtud de la situación actual y del relevamiento de datos realizado, teniendo en cuenta las consideraciones expresadas precedentemente , que la situación podría agravarse y para evitar que la Municipalidad pueda ser considerada responsable de daños a personas o bienes, estima procedente autorizar la extracción requerida
Por todo lo expresado, el Intendente Municipal en uso de las facultades legales que le son propias:
R E S U E L V E
ARTICULO 1º: Autorizar a la convecina Alejandra Noriega (DNI Nº 39.835.) para que a su exclusivo cargo y costo y bajo la supervisión del Ing. Forestal José Luis Ponti, del área de Arbolado Urbano –Secretaría de Obras y Servicios Públicos de la Municipalidad, realice la extracción de un (1) ejemplar arbóreo de la variedad Acacio Bola o Robinia Pseudoacacia Var Umbraculifera existente en la vereda de su domicilio sito en calle Urquiza Nº 1555 de nuestra ciudad , por los motivos esgrimidos en los considerandos de la presente.
ARTICULO 2º: El convecino deberá proceder a la reposición inmediata del árbol extraído, reemplazándolo por un (1) ejemplar de la variedad Fresno
ARTICULO 3º: Registrar, comunicar a la peticionante, a las áreas correspondientes y archivar oportunamente .-