Boletines/San Andrés de Giles
Decreto Nº 1669/24
San Andrés de Giles, 21/05/2024
Visto
La necesidad de efectuar la devolución total de recursos con afectación específica al Ministerio de Mujeres y Diversidad de la Provincia de Buenos Aires y
Considerando
Que mediante Decreto 0037/22 se homologó el convenio suscripto entre este Municipio y el Ministerio de las mujeres, Políticas de Géneros y Diversidad Sexual de la Provincia de Buenos Aires, el cual establece a través de la Cláusula Decimosegunda la prórroga automática del mismo.
Que mediante Acta de Adhesión de fecha 29 de junio de 2023 se establece el envío de la suma de pesos once millones seiscientos catorce mil doscientos ochenta y cuatro ($ 11.614.284,00) para ser utilizados en el Programa “Comunidades sin violencia Fortalecimiento de la Gestión Municipal contra las violencias de género”.
Que oportunamente dicho Ministerio teniendo en cuenta el Decreto Nro. 0037/22 y la Resolución Provincial Nº 394/2023, remite la suma de pesos once millones seiscientos catorce mil doscientos ochenta y cuatro ($ 11.614.284,00) en el marco del mencionado Programa con la finalidad de ampliar la capacidad de respuesta de nuestro Municipio en la prevención, asistencia y atención de las violencias en pos de trabajar por el respeto al derecho humano a vivir una vida libre de violencia y discriminaciones, habiéndose tomado conocimiento que dicho importe se acreditó en el Banco de la Provincia de Buenos Aires Aires sucursal 7193 San A. de Giles Cuenta Corriente Bancaria Nº 10094/6 e ingresó el día 17/11/2023 (Planilla del REDO Nº 215).
Que de acuerdo a la nota efectuada por la Coordinadora Área de Género de este Municipio durante el período 2023 personal profesional y administrativo afectado al programa han solicitado el cese del contrato, por lo cual al no contratarse nuevo personal, se debe reintegrar el dinero restante a la Subsecretaría de Protección contra la violencia de género, que alcanza la suma de pesos ochocientos treinta y cinco mil ochocientos setenta y seis con cincuenta centavos ($ 835.876,50).
Que de acuerdo al informe del Contador Municipal y del Asesor Letrado corresponde a proceder la devolución de dicha suma no ejecutada durante el Ejercicio 2023, existiendo el mencionado saldo de pesos ochocientos treinta y cinco mil ochocientos setenta y seis con cincuenta centavos ($ 835.876,50), como transferido del Ejercicio 2023 al Ejercicio 2024 en la cuenta de Recursos 35.1.01.87 Sdo. Conv. Min. Mujeres, Pol. Género y Div. Sexual PBA.
Que de acuerdo a la nota en conjunto efectuada por la Directora Provincial de Políticas de Fortalecimiento para la Salida de las Violencias por razones de Género y la Dirección del Programa Comunidades sin violencias del Ministerio de Mujeres y diversidad de la PBA de fecha 26/04/2024, prestan conformidad a la solicitud efectuada por el Municipio, quien pone a disposición de dicho Ministerio la suma no ejecutada de pesos ochocientos treinta y cinco mil ochocientos setenta y seis con cincuenta centavos ($ 835.876,50) informando además los datos bancarios a efectos de poder llevar a cabo dicho reintegro.
Que es necesario dictar el correspondiente acto Administrativo a efectos de cumplimentar la operatoria por los motivos esgrimidos precedentemente
Por las facultades que le otorga la L.O.M. el Intendente Municipal Interino
DECRETA
ARTICULO 1º: Procédase a devolver la suma de pesos ochocientos treinta y cinco mil ochocientos setenta y seis con cincuenta centavos ($ 835.876,50) al Ministerio de Mujeres y diversidad de la Provincia de Buenos Aires, ante la existencia durante el período 2023 de personal profesional y administrativo afectado al Programa Comunidades sin violencia que realizaron cese del contrato , por lo cual al no contratarse nuevo personal, se debe reintegrar dicha suma no ejecutada y existente durante el presente ejercicio 2024, como saldo transferidos de ejercicios anteriores, que alcanza la suma de pesos ochocientos treinta y cinco mil ochocientos setenta y seis con cincuenta centavos ($ 835.876,50), de acuerdo al convenio homologado mediante Decreto Nº 0037/22 y Acta de Adhesión de fecha 29 de junio de 2023.
ARTICULO 2°: Autorízase a la Contaduría Municipal a realizar cuantas registraciones resulten pertinentes a efectos de cumplimentar lo establecido en el artículo precedente y regularizar las situaciones contempladas en los fundamentos del presente acto administrativo.
ARTICULO 3º: Autorízase a la Tesorería Municipal a depositar la suma de pesos ochocientos treinta y cinco mil ochocientos setenta y seis con cincuenta centavos ($ 835.876,50) a - Tesorería General de la Provincia de Buenos Aires cuyos Datos Bancarios son Banco de la Provincia de Buenos Aires, sucursal 2000 – Casa Matriz La Plata, Nº Cuenta 229/7, CBU 0140999801200000022975 y posteriormente remitir Constancia de la Boleta depósito a los Organismos Provinciales correspondientes.
ARTICULO 4º: Según los clasificadores presupuestarios por objeto del gasto previstos por aplicación del Decreto Provincial 2980/00 (Reglamentario de la Ley orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires) la devolución será registrada en la partida presupuestaria: Recurso: 3510187 Sdo. Conv. Min. de Mujeres, Pol. Género y div. Sexual PBA, Fuente de financiamiento: 132 – De Origen Provincial, Jurisdicción 1110100000: Departamento Ejecutivo, Subjurisdicción: 1110106000:Secretaría de Obras y servicios Públicos, Categoría Programática 63: Actividad 29: Programa Comunidades sin violencia, Inciso 3: Servicios no personales, P.Principal 4: Servicios Técnicos Profesionales, Partida Parcial 9: Otros, Inciso 3: Servicios no personales, P.Principal 9: Otros servicios, Partida Parcial 9: Otros del presupuesto de gastos vigente en función de los créditos disponibles en las mismas y por aplicación del sistema RAFAM Decreto Municipal N° 0037/2022 y Acta de Adhesión de fecha 29 de junio de 2023.
ARTICULO 5º : Comuníquese a las áreas intervinientes, Regístrese y Archívese.