Boletines/San Andrés de Giles
Decreto Nº 1651/24
San Andrés de Giles, 15/05/2024
Visto
Las solicitudes cursadas por PERALTA LAURA MARTA y PEREZ MIRTA GRACIELA , mediante las cuáles solicitan la eximición del pago de la Tasa por Servicios Urbanos del corriente ejercicio y de ejercicios anteriores , por los respectivos inmuebles de su propiedad, y
Considerando
Que los peticionantes, se encuadran en las disposiciones del artículo 93 inciso 1º de la ordenanza fiscal nro. 2469/22, promulgada por decreto nº 1635/22,
Que todos los solicitantes han cumplimentado los requisitos contemplados en la ordenanza aludida, como asi también , en el caso puntual de la Sra. Perez Mirta , ha cumplimentado los requisitos exigidos en la ordenanza nº 2338/21 , con relación a lo requerido por la exención de los ejercicios anteriores.
Que obran en las actuaciones, sendos dictámenes del Sr. Director de Recaudación y del Sr. Asesor Letrado, de los cuáles se desprende la viabilidad de acceder a lo requerido, como así también la encuesta socio económica practicada por personal de la Secretaría de Desarrollo Humano y Acción Social.
Por ello, el Intendente Municipal , en uso de las atribuciones que le otorga la norma legal mencionada
D E C R E T A
ARTICULO 1ro.;Eximir, a los contribuyentes que se mencionan a continuación, del pago por la Tasa de Servicios Urbanos, ejercicio 2024, por el inmueble de su propiedad, a saber:
CONTRIBUYENTE |
N° PARTIDA |
NOMENCLATURA CATASTRAL |
PERIODO EXIMIDO |
PERALTA LAURA M. |
20084 |
C.I,S.A,M.7, Pc. 10C |
2024 |
PEREZ MIRTA G. |
43024 |
C.II,S.G,Mz.2,Pc.11 |
2022-2023-2024 |
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ARTICULO 2do.; Registrar la presente norma , comunicar a los peticionarios, a las Oficinas de Recaudación y Sistemas y archívar.-