Boletines/San Andrés de Giles

Decreto Nº1539/24

Decreto Nº 1539/24

San Andrés de Giles, 02/05/2024

Visto

El lamentable fallecimiento de nuestro convecino  don Julio César Rossi  ocurrido en horas de la madrugada del día hoy en nuestra ciudad; y

Considerando

Que el triste suceso, enluta a la Comunidad de San Andrés de Giles y de manera especial a los vecinos de las localidades de Azcuénaga y su querido lugar de residencia –Cucullú  ,  unida en un estrecho vínculo  con  la familia Rossi , basada en el respeto y reconocimiento, por su trayectoria  comercial , política y social;

                                            Que el fallecido  don Julio César Rossi , será recordado siempre por los rasgos más salientes de su personalidad, hombre de principios, de trato amable y cordial,  solidario, humilde, sencillo , atento siempre a las necesidades sociales ;

                                               Que  desarrolló su actividad comercial  del rubro panadería , con mucho amor y dedicación siguiendo los pasos de su padre y hermanos , transmitiéndole  ese amor y dedicación a sus hijos                                             

                                                     Que fue Intendente Municipal por voluntad popular a través del voto en el año 1983 , a partir de la  reinstauración de la Democracia .

                                               Que es voluntad del Departamento Ejecutivo Municipal, acompañar en el dolor a sus familiares  y adherir al duelo.

           

Por ello, el Intendente Municipal en uso de las atribuciones legales que le son propias:

D E C R E T A

 

ARTICULO 1º:   Adherir al duelo provocado por el fallecimiento de nuestro convecino  don Julio César Rossi , ocurrido en  horas de la madrugada de hoy en nuestra ciudad.

ARTICULO 2º:  Expresar a los familiares del extinto las más profundas muestras de pesar en nombre y representación del Departamento Ejecutivo de la Municipalidad y de la Comunidad toda de San Andrés de Giles , acompañándolos en este momento de pesar .

ARTICULO 3º:  Disponer  la colocación de banderas a media asta, y duelo a nivel municipal por el  término de tres días

ARTICULO 4º: Suspender  todas las actividades artísticas y culturales , sociales y protocolares en el ámbito de la Municipalidad de San Andrés de Giles, los días 2, 3 y 4  de mayo del año en curso.

ARTICULO 5º: La medida dispuesta precedentemente no altera ni afecta la normal prestación de los servicios municipales en todas sus áreas

ARTICULO 6º: Registrar, comunicar ,publicar y archivar el presente acto administrativo.