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Decreto Nº2645/24

Decreto Nº 2645/24

Moreno, 25/06/2024

Visto y considerando

VISTO la Ley Nacional N°26876 y la Ley Provincial N°14600; y

CONSIDERANDO que los fundamentos de dichas normativas;

Que la lucha de las y los Empleados de Estado en pos de su reconocimiento como trabajadores ha sido vasta y no exenta de obstáculos.

Que se trata del gremio al que más le ha costado conquistar el derecho de la negociación colectiva, derecho humano fundamental garantizado constitucionalmente desde 1957 en el art. 14 bis de la Constitución Nacional.

Que atento a ello el 27 de Junio es un día de gran relevancia para las y los trabajadores del estado, ya que en esa fecha la Organización Internacional del Trabajo (OIT) adopto el convenio N°151 y la recomendación N°159, que favoreció el reconocimiento del derecho a la negociación colectiva de las y los empleados públicos.

Que si bien eso ocurrió en el año 1978, es decir, en plena vigencia de la última dictadura militar, las y los trabajadores estatales del mundo entero tomaron esta sanción como un gran avance en la posibilidad de su reconocimiento.

Que las Organizaciones representativas en el ámbito regional y mundial, tales como la CLASEP, la CLATE, la INFEDOP y la ISP, entre otras, lanzaron la campaña para instalar ese da como el día de trabajador estatal en todo el mundo.

Que Argentina ha ratificado el convenio N°151 en 1987. Sin embargo el día 27 de Junio ha quedado como emblema pata las y los trabajadores estatales como hito en la lucha por su reconocimiento como trabajadores.

Que parte de esa lucha se cristaliza con la elaboración y posterior sanción de la Ley N°24.185.

Que la Ley Nacional N°26876 y la Ley N°14600 invitan a los municipios de la provincia de Buenos Aires a instaurar el 27 de Junio como día de descanso para las y los empleados de la Administración Publica, en reconocimiento a las y los trabajadores que motorizan nuestro Estado en cada rincón del país.

Que siendo este Municipio pionero en la suscripción del Convenio Colectivo de Trabajo del Municipio de Moreno, que adhiere a los fundamentos y espíritu de las leyes ut supra mencionadas.

Que el Municipio como viene haciendo en años anteriores, en el 2018 se ha adherido a la invitación realizada por el Art. 3 de la Ley Provincial N°14600 dando lugar al asueto administrativo público municipal.

Que esta administración en atención a los fundamentos antes vertidos, estima conveniente otorgar asueto administrativo público municipal, el día 27 de Junio del corriente año.

Que este Departamento Ejecutivo ejerce la competencia que le es propia para el dictado del presente acto administrativo atento lo establecido en el art. 108 inciso 17 y concordantes de la Ley Orgánica Municipal.

Por ello,

LA INTENDENTA MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORENO 

DECRETA:

ARTÍCULO 1°.- Declárese Asueto Administrativo para el personal municipal el 27 de Junio del Corriente año, en los que no se prestaran tareas, asimilándose el mismo a los feriados nacionales, a todos los efectos legales.

ARTÍCULO 2°.- Facultase a las Señoras Secretarias y Señores Secretarios del Departamento Ejecutivo, a disponer de guardias en sus respectivas áreas, a los fines de mantener la continuidad en la prestación de los servicios esenciales a la población.

ARTÍCULO 3°.- El presente Decreto será refrendado por Señor Secretario de Gobierno.-

ARTICULO 4°.-Regístrese, notifíquese, comuníquese. Cumplido archívese.-

SR ALBERTO ESTEBAN CONCA                          SRA MELINA MARIEL FERNANDEZ