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Ordenanza Nº7158/24

Ordenanza Nº 7158/24

Moreno, 30/05/2024

VISTO el Expte. H.C.D. N° 35.821/2024, mediante el cual solicita crear el “Espacio Histórico del Municipio” que funcionará en el inmueble “Quinta La Pastoril” y crear el Consejo de Cogestión; y

CONSIDERANDO las Ordenanzas H.C.D. N° 6.019/18, 6.449/21, 6.812/22 y 7.073/23, que establecen: La Declaración de Sitio Histórico Municipal a la Quinta La Pastoril y de Interés Municipal a su señalización como Espacio de Memoria, la Declaración del espacio como Patrimonio Histórico, la Declaración de Utilidad Pública y la aprobación del Convenio a través del cual se incorpora el edificio al Patrimonio Municipal.

QUE la Quinta La Pastoril cuenta con un valor histórico, político, cultural y social ya que en dicho lugar el lunes 29 de marzo de 1976, a tan sólo cinco días del golpe de estado que dio inicio al gobierno de facto que azotó al país durante 7 años, fuerzas del ejército y la Policía de la Provincia de Buenos Aires, bajo el mando del ejército, llevaron adelante un operativo represivo atentando contra el Congreso del Comité Central del Partido Revolucionario de los Trabajadores (PRT), junto a invitadas e invitados de organizaciones revolucionarias provenientes de Chile, Uruguay y Bolivia.

QUE la potencia de la Masacre de la Quinta La Pastoril se evidenció en el juicio de lesa humanidad que culminó el día 13 de Octubre de 2022, desarrollado en el TOF 5 de San Martin y a partir del cual fueron sentenciados a prisión perpetua cuatro militares retirados del Ejército, sentenciados a 20 y 19 años de prisión dos policías retirados de la Comisaría 1° de Moreno.

QUE se pretende reconocer y visibilizar la larga lucha que los Organismos de Derechos Humanos llevan adelante buscando expropiar e identificar numerosos centros clandestinos de detención y sitios de memoria con el fin de defender la preservación del patrimonio y el reconocimiento internacional de nuevos testimonios materiales del genocidio.

QUE la Municipalidad de Moreno llevó adelante un proceso expropiatorio sobre la propiedad de la tierra de la Quinta La Pastoril ubicada en la localidad de La Reja, basado en los antecedentes de proyectos de normativas de la Mesa de Trabajo del Espacio de Memoria Casa Quinta La Pastoril, y bajo la regulación establecida por la Ley General de Expropiaciones N° 5.708 de la Provincia de Buenos Aires.

QUE la Municipalidad de Moreno en conjunto con la Asociación Civil Casa de Memoria Quinta La Pastoril, que nuclea a numerosas organizaciones locales, recuperó la Quinta La Pastoril como espacio de memoria en virtud del beneficio que dicho lugar generará a la comunidad morenense y en general a toda la sociedad argentina.

POR TODO ELLO, el Honorable Concejo Deliberante de Moreno, en uso de sus atribuciones legales sanciona la siguiente:

ORDENANZA

ARTÍCULO 1°: Créase el “Espacio para la Memoria, Defensa y Promoción de los Derechos Humanos Quinta La Pastoril” que funcionará en el inmueble conocido como “Quinta La Pastoril”.

ARTÍCULO 2°: Créase el “Consejo de Cogestión” (en adelante Consejo) constituyéndose como estructura de gobierno del mencionado espacio de memoria.

El mismo estará conformado por: dos (2) integrantes del Departamento Ejecutivo del Municipio de Moreno, dos (2) integrantes del Honorable Concejo Deliberante del Municipio de Moreno, dos (2) integrantes de la Asociación Civil Casa de Memoria Quinta La Pastoril y dos (2) integrantes protagonistas y/o de los grupos de familiares de las víctimas de la masacre de la Quinta La Pastoril.

ARTÍCULO 3°: Defínase que el Consejo será responsable de fijar su propio reglamento para su puesta en funcionamiento, organización e implementación de las actividades necesarias para el cumplimiento de los objetivos que motivan su creación.

ARTÍCULO 4°: Establécese que el Consejo llevará adelantes las acciones necesarias para cumplimentar los siguientes objetivos:

  1. Contribuir a la construcción y transmisión de la memoria a fin de mantener viva la historia reciente de nuestro país y nuestro distrito.
  2. Fomentar el estudio, la investigación y la difusión de los hechos vinculados a los distintos golpes militares en nuestro país y la región, y en particular el período correspondiente a la última dictadura cívico militar.
  3. Fomentar el estudio, la investigación y la difusión de las luchas sociales y populares en nuestra provincia, en el país y la región.
  4. Desarrollar actividades educativas, culturales, y de comunicación popular de promoción y protección de los Derechos Humanos.
  5. Conformar un archivo y centro de documentación sobre la vida y obra de las víctimas del terrorismo de Estado desaparecidas en dicho lugar y en la Localidad de Moreno que incluya material bibliográfico, archivo biográfico y material audiovisual.
  6. Celebrar convenios con universidades y entidades de estudio, investigación y formación académica.
  7. Promover un enfoque de género y diversidad en el marco de la promoción y protección de los Derechos Humanos.
  8. Promover la participación de toda la comunidad, en especial de jóvenes, en el espacio de la Memoria Quinta La Pastoril en todas las actividades que se desarrollen en el mismo, incluidas las de promoción y protección de Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes en el marco de la Ley N° 13.298 y en el marco nacional e internacional en la materia.
  9. Contribuir para localizar y restituir a sus legítimas familias todos los niños y niñas desaparecidas por la última dictadura militar.
  10. Contribuir al registro y sistematización de las causas por delitos de Lesa Humanidad en nuestro país.
  11. Apoyar el desarrollo de los juicios en curso o que se abran en el futuro para la búsqueda de la Verdad y la Justicia.
  12. Promover y desarrollar actividades, cursos y talleres en defensa de la libertad de expresión, el acceso a la información y la pluralidad en los medios de comunicación.
  13. Promover y desarrollar actividades, cursos y talleres sobre violencia institucional, y contribuir al registro y sistematización de casos de Violencia Institucional ocurridos en Moreno.
  14. Propiciar la conformación y fortalecimiento de redes de Sitios de la Memoria a nivel provincial, nacional y latinoamericano.

ARTÍCULO 5°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, regístrese y archívese.

SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE MORENO, 30 de Mayo de 2024.

DRA GIMENA ANGUIOZAR                 EMMANUEL FERNANDEZ
     Secretaria Legislativa                              Presidente
Comunicado al D.E el día 11/06/2024
Promulgada mediante el Decreto N° 2496/24 de fecha 11/06/2024