Boletines/Lobos
Decreto Nº 861/2024
Lobos, 27/05/2024
RIFA BOMBEROS 2024-chancho movil
Visto
La solicitud presentada por la Sociedad de Bomberos Voluntarios de Lobos, con domicilio real en calle F. Ameghino Nº 160 de esta Ciudad, obrante en fs. 1 del Expediente Nº 4067-25233/2024, para efectuar una Rifa de conformidad con lo dispuesto en la Ley 9.403 y en la Ordenanza Nº 1565; y
Considerando
Que, a juicio de este Departamento Ejecutivo, la Entidad cumple con los recaudos exigidos por las precitadas normas legales.
Que, por Ordenanza Nº 1565, se dispone el ingreso de los porcentajes a los que alude la Ley 9.403 al Fondo Benéfico de Rifas.
Por ello,
EL INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus atribuciones
D E C R E T A
ARTÍCULO 1º: Autorízase a la Sociedad de Bomberos Voluntarios de Lobos a promover, vender y hacer circular una rifa denominada “CHANCHO MÓVIL”, que en adelante se comercializará exclusivamente en este Partido de Lobos, sujeta al cumplimiento de lo dispuesto en la Ley 9.403, en la Ordenanza Nº 1565 y en el presente Decreto.-
ARTÍCULO 2º: Se determina que, para este caso en particular, la Entidad habrá de emitir VEINTE MIL (20.000) números, por un valor de PESOS QUINIENTOS ($500.-) cada una, pagadas al contado.
ARTÍCULO 3º: Queda prohibido a la Entidad autorizada contratar o delegar en terceras personas la organización de la Rifa, bajo apercibimiento de aplicar el máximo de la multa prevista en el Artículo 6º de la Ley 9.403 y en el Artículo 26º y concordantes de la Ordenanza Nº 1565.
ARTÍCULO 4º: La Entidad autorizada podrá proceder a contratar la venta y cobranza de los billetes emitidos, por medio de Bomberos Voluntarios de Lobos (cuartel central), Destacamento N°1 de Salvador María, Destacamento N°2 de Antonio Carboni y Escuela de cadetes Jorge O. Luchesoli.
ARTÍCULO 5º: La Entidad autorizada, con carácter previo a la difusión de la Rifa, deberá solicitar autorización Municipal para la publicidad a efectuar, acompañando el texto y diagrama de la misma, procediendo a presentar, con carácter previo a su circulación, los billetes de la Rifa, los que deberán ser aprobados y sellados por la Municipalidad.
ARTÍCULO 6º: La Rifa que se autoriza tendrá como premios los siguientes:
SORTEO: Aquellos adquirentes del bono, participarán en los sorteos a realizarse el día 15 de Junio de 2024 en las instalaciones del Cuartel Central de Bomberos Voluntarios de Lobos a las 20.30 horas ante Escribano Público y quienes resulten favorecidos se harán acreedores del siguiente premio:
-UN (1) LECHÓN ASADO.
ARTÍCULO 7º: Los premios deberán ser entregados por la Entidad autorizada a los beneficiarios que presenten las boletas de Rifa premiadas, de inmediato a los respectivos sorteos.-
ARTÍCULO 8º: La Entidad autorizada está exceptuada de efectuar el depósito del cinco por ciento (5%) del monto total de la Rifa que se autoriza, conforme al Artículo 10º - párrafo 2º - de la Ley 9.403, como así también del sellado de boletas y del pago del uno por ciento (1%) por gastos administrativos que establece el Artículo 29º de la Ordenanza Nº 1565.-
ARTÍCULO 9º: Constituirán infracciones al presente Decreto, las siguientes:
ARTÍCULO 10º: Constituirán sanciones aplicables a las infracciones que enumera el Artículo anterior, las siguientes:
ARTÍCULO 11º: El pago de las multas que se apliquen por infracción a la presente autorización deberá efectuarse mediante depósito en la Cuenta del Fondo Benéfico de Rifas, dentro de los cinco (5) días de notificada la sanción. Vencido el plazo antedicho sin haberse oblado la multa, el Departamento Ejecutivo dispondrá que se proceda al cobro por vía de apremio.-
ARTÍCULO 12º: La Entidad organizadora deberá:
ARTÍCULO 13º: La Entidad autorizada deberá destinar los fondos que se recauden a la continuación de los servicios que presta en nuestro Distrito, debiendo rendir cuentas documentadas de la inversión dentro de los treinta (30) días posteriores al Sorteo Final.-
ARTÍCULO 14º: Comuníquese, publíquese, dése al Registro Municipal y archívese.-
DECRETO Nº: 861/2024
Menestrina Gonzalo Ing. Jorge O. Etcheverry
Secretario de Hacienda y Producción Intendente Municipal
Municipalidad de Lobos Municipalidad de Lobos