Boletines/Mar Chiquita
Decreto Nº 1142/24
Mar Chiquita, 28/06/2024
Visto
La comunicación cursada por el Honorable Concejo Deliberante por la que se pone en conocimiento del Departamento Ejecutivo la sanción de la Ordenanza Nº 044/2024; y
Considerando
Que dicha Ordenanza fue comunicada al D.E. con fecha 28/06/2024;
Que por la misma se declara de interés social la problemática del Transporte Público de Pasajeros en el Partido de Mar Chiquita;
Que de conformidad a lo establecido en el Artículo 108 inc. 2) de la Ley Orgánica de las Municipalidades, es atribución del D.E. la promulgación de Ordenanzas;
Por ello,
EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS FACULTADES LEGALES,
D E C R E T A
ARTICULO 1°: PROMULGUESE, la Ordenanza Municipal N° 044/2024, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 26/06/2024, cuya copia, como anexo, forman parte del presente Decreto.
ARTICULO 2º: El presente decreto será refrendado por el Secretario de Gobierno Dr. Facundo Ariel Bochicchio.
ARTICULO 3º: COMUNIQUESE, a quienes corresponda y dése al Registro Oficial.
ORDENANZA
VISTO
El Expte. Municipal N° 544/S.G./2024; y
CONSIDERANDO
Que resulta necesario propiciar la participación efectiva de la comunidad en el tratamiento de la problemática que aqueja el servicio público de transporte de pasajeros;
Que, en el Partido de Mar Chiquita, la única empresa prestataria del servicio es la Línea 221 Costa Azul, cuya empresa titular es Empresa de Transporte 12 de octubre S.R.L;
Que, debido a la liberación de los precios del combustible, en el mes diciembre del año 2023, se han registrado grandes incrementos en todos los tramos, vg. Santa Clara - Mar del Plata el valor del boleto pasó de estar $240 a $900;
Que el Gobierno Nacional decidió eliminar Fondo Compensador del Interior por el cual se subsidiaban a las empresas de colectivos urbanos del interior del país;
Que nuestro Distrito se caracteriza por la amplia dimensión del ejido urbano y la distribución de la población, por lo que el transporte público una necesidad diaria para la movilidad de muchas familias;
Que para fortalecer nuestro sistema democrático resulta necesario garantizar la participación de los ciudadanos del Partido de Mar Chiquita en la toma de decisiones que los afectan esta problemática;
Que este órgano legislativo, es el representante del pueblo y debe participar en la construcción de políticas públicas que permitan a los vecinos de Mar Chiquita mejorar su calidad de vida;
Que esta ordenanza declara de Interés Social la problemática del transporte público de pasajeros con la finalidad de poder trabajar en comunidad para una solución que beneficie a la mayoría de nuestros ciudadanos;
Que se crea el Consejo del Transporte de Mar Chiquita, el cual estará conformado por representantes del Poder Ejecutivo, representantes de todos los bloques del Honorable Concejo Deliberante y por vecinos, representes de las distintas organizaciones del Partido de Mar Chiquita;
Que el mismo debería reunirse para promover soluciones sustentables en el tiempo para mejorar el servicio de transporte público de pasajeros del Partido de Mar Chiquita;
Que los diversos proyectos presentados deberán ser evaluados por el Departamento Ejecutivo para analizar la viabilidad de los mismos;
Que es de imperiosa necesidad poder arribar a una solución, en conjunto, que permita a todos los vecinos poder palear la crisis económica en la que hoy se encuentra sumergida gran parte de la población de nuestro distrito y de todo el país;
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE MAR CHIQUITA EN USO DE SUS FACULTADES SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
ARTICULO 1º: DECLARESE, de INTERES SOCIAL la problemática del Transporte Público de Pasajeros en el Partido de Mar Chiquita.
ARTICULO 2º: CREASE, EL CONSEJO DEL TRANSPORTE DE MAR CHIQUITA, cuya función será la de elaborar y evaluar iniciativas tendientes a la mejora del Servicio de Transporte Público de Pasajeros en el Partido de Mar Chiquita, propiciando idearios documentales, siendo el órgano de consulta a requerimiento del Departamento Ejecutivo. Asimismo, efectuará informes, sugerencias y recomendaciones sobre la temática antes señalada.
ARTICULO 3º: El CONSEJO DEL TRANSPORTE DE MAR CHIQUITA estará integrado de la siguiente manera:
a) Dos representantes del Departamento Ejecutivo, designados por el Intendente Municipal.
b) Un concejal representante por cada Bloque Político;
c) Cinco vecinos representantes de Organizaciones Constituidas en el Partido. Los vecinos interesados en participar, deberán presentar nota solicitando la incorporación al CONSEJO. Las solicitudes serán resueltas por los integrantes del CONSEJO descriptos en el punto a) y b) y deberán ser por mayoría simple.
Todos los miembros se desempeñarán “Ad honorem” y durarán en el cargo 6 meses, pudiendo renovarse las autoridades por 6 meses más.
ARTICULO 4º: COMUNIQUESE al Departamento Ejecutivo a sus efectos, regístrese y una vez cumplido, archívese.
ORDENANZA Nº: 044
Dada en el recinto del Honorable Concejo Deliberante a los 26 días del mes de junio del año 2024.-