Boletines/Lobería

Decreto Nº1409-24

Decreto Nº 1409-24

Lobería, 05/07/2024

LLÁMASE a inscripción para la adquisición de los inmuebles, Programa Municipal LOTE PROPIO en el Partido de Lobería.

Visto

Lo dispuesto por los artículos 107 y 108 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, la Ordenanza Nº 2.447/20, el Decreto Reglamentario N° 2.043/22, EX-2024-00021452-MUNILOB-SG; y

Considerando

QUE, a través de la Ordenanza N° 2.447/20 se crea el “Programa Municipal LOTE PROPIO en el Partido de Lobería”, con la finalidad de posibilitar a los vecinos, el acceso al suelo urbanizado para destinarlo a la construcción de su vivienda familiar única y de ocupación permanente, reglamentada por Decreto D.E.M. N° 2.043/22;
QUE, de acuerdo a lo establecido en el artículo 2° del decreto citado, resulta necesario llamar a inscripción para que se presenten, en esta oportunidad, vecinos de la localidad de Tamangueyú, Partido de Lobería, interesados en participar, por los inmuebles que se identifican catastralmente como Circunscripción XIII, Sección B, Chacra 166, Manzana 166k, Parcela 6, Partida Inmobiliaria N° 061-31506;
QUE, consecuentemente se determinan el valor de cada lote según tasación del Banco de la Provincia de Buenos Aires, forma de pago, lugar, horario y fecha de inscripción y requisitos a cumplir;

POR ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE LOBERÍA, en uso de atribuciones que le confiere la legislación vigente, dicta el siguiente:
D E C R E T O

ARTÍCULO 1° LLÁMASE a inscripción para la adquisición de los inmuebles cuyos datos se detallan a continuación, en el marco del “Programa Municipal LOTE PROPIO en el Partido de Lobería”, estatuido mediante la Ordenanza Municipal N° 2.447/20 y Decreto N° 2.043/22, con la finalidad de posibilitar a los vecinos de la localidad de Tamangueyú, Partido de Lobería, el acceso al suelo urbanizado para destinarlo a la construcción de su vivienda familiar, única y de ocupación permanente: DATOS DE LOS INMUEBLES
Circunscripción XIII, Sección B, Chacra 166, Manzana 166k, Parcela 6, Partida Inmobiliaria N° 061-31506 y se indican con los N° 1 y 2.
ARTÍCULO 2° Determinase el valor de cada lote conforme tasación realizada por el Banco de la Provincia de Buenos Aires, de acuerdo al informe que se adjunta como archivo en el Documento Orden N° 4 del Expediente EX- 2024-00021452-MUNILOB-SG.
ARTÍCULO 3° El valor de los lotes será abonado en hasta ochenta y cuatro (84) cuotas, en cuyo caso, se aplicará el interés previsto en el artículo 1° del Decreto del Departamento Ejecutivo N° 2.455/23, con un subsidio del 50%.
ARTÍCULO 4° Los aspirantes deberán dar cumplimiento con los requisitos exigidos en la Ordenanza Municipal Nº 2.447/20 y el Decreto N° 2.043/22.
ARTÍCULO 5° Las inscripciones se realizarán a partir del día de la fecha y hasta el 02 de agosto de 2024, de lunes a viernes de 08 a 12, en el Honorable Concejo Deliberante y en el Centro Cultural Tamangueyú “Ana Nelly Cruz” debiendo acompañar la documentación requerida en la Ordenanza Municipal Nº 2.447/20 y el Decreto N° 2.043/22.
ARTÍCULO 6° Aclárese que los lotes objeto del presente Proyecto no se encuentran subdivididos sino amojonados, estando pendiente la aprobación del plano respectivo.
ARTÍCULO 7° El análisis de la capacidad económica y la selección de los adjudicatarios será efectuado por una Comisión Evaluadora conformada por la Secretaria de Gobierno, la Directora de Desarrollo Social y la Asesora Letrada y por un miembro de cada fuerza política del Honorable Concejo Deliberante, siguiéndose el proceso establecido en la reglamentación.
ARTÍCULO 8° Tomen conocimiento Asesoría Letrada, Contaduría, y Honorable Concejo Deliberante. Dése al Registro de Decretos, cumplido, ARCHÍVESE.