Boletines/Veinticinco de Mayo
Decreto Nº 665/2024
Veinticinco de Mayo, 01/07/2024
Visto
y
Considerando
Que se presenta el Director de Deportes de la Municipalidad de 25 de Mayo, dependiente de la Secretaría de Desarrollo Humano y Políticas Sanitarias, solicitando el otorgamiento de una beca deportiva en los términos de la Ordenanza HCD N° 3123/2021 y su modificatoria N° 3560/2024 al atleta veinticinqueño Facundo Rodríguez KOHLI, D.N.I. N° 45.040.800,.
Que manifiesta que la misma debe ser abonada de manera mensual y hasta el mes de diciembre de 2024:
Que para su otorgamiento se ha considerado el rendimiento deportivo, el comportamiento disciplinario, la dedicación por el deporte que desempeñan y las posibilidades reales de convertirse en deportistas de elite,
Que la Ordenanza Municipal N° 3560/2024 establece en su Artículo 1º: Modifícase el Artículo 3° de la Ordenanza N°3123/2012, referente a “PROGRAMA DE BECAS PARA DEPORTISTAS AMATEURS”, el que quedará redactado de la siguiente manera:“Artículo 3º:El Departamento Ejecutivo concederá un máximo de cuarenta (40) Becas, y cada una tendrá como monto el equivalente al cuarenta por ciento (40%) del salario básico ingresante de 30 hs. de un Agente Municipal.”
Que, además de ser una ayuda económica, una Beca tiene la finalidad de proporcionar apoyo en entrenamiento, equipo, servicios, instrucción, información nutricional y estímulos a aquellos jóvenes que siendo buenos deportistas merecen éste sostenimiento para continuar con su nivel de excelencia deportiva.
Que, el otorgamiento de una Beca facilita y posibilita a los deportistas amateurs a prepararse física y técnicamente para participar de eventos deportivos de alto rendimiento.
Que Contaduría informa la imputación presupuestaria del caso,
Por ello,
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE 25 DE MAYO
DECRETA
Artículo 1º) : Otórguese al Sr. Facundo Rodríguez KOHLI con D.N.I. N° 45.040.800, una beca deportiva mensual equivalente al cuarenta por ciento (40%) del salario básico ingresante de 30 hs. de un Agente Municipal hasta el mes de diciembre de 2024.
Artículo 2º): impútese la erogación que demande su cumplimiento a la Partida presupuestaria correspondiente.
Artículo 3º): Refréndese por la Secretaría de Desarrollo Humano y Políticas Sanitarias.
Artículo 4º) : Regístrese, comuníquese y archívese.