Boletines/Veinticinco de Mayo
Decreto Nº 620/2024
Veinticinco de Mayo, 25/06/2024
Visto
los expedientes que llevan por Nº 4118-01911, 4118-02716 y 4118-03493; y
Considerando
Que en el marco del expediente Nº 4118-01911 y mediante Decreto Nº 310 de fecha 8 de abril de 2024, se instruyó sumario administrativo la agente ROSA EMILIANA MARTINEZ DNI 31.241.724, Legajo Nº 2933.
Que los cargos fueron: 1) Inconducta notoria (art. 107 inc. 3; 2) Quebrantamiento de las prohibiciones dispuestas por la Ley 14.656 (art. 107 inc. 5); 3) Falta grave que perjudique materialmente a la Administración Municipal o que afecte el prestigio de la misma (Art. 107 inc. 10). -
Que habiéndosele dado traslado en los términos del artículo 30 de la ley 14.656 realiza la agente el correspondiente descargo, y no acompaña ni ofrece prueba (fs. 47/52 del expediente Nº 4118-01911).-
Que el 13 de mayo de 2024 se abre estas actuaciones a prueba. Se ofrece ad effectum videndi et probandi el Expte. Nº 4118-00224 (sumario administrativo a la agente Francia Javier). En dichas actuaciones consta denuncia penal Nº FD00001302-0035157/2024 efectuada por el hijo de una internada del Hogar de la localidad de N. de la Riestra, María de los Ángeles Rivolta.-
Que se libra oficio al Banco de la Pcia. de Bs. As. solicitando información a fin de acreditar los hechos denunciados (oficio de fs. 57, oficio reiteratorio fs. 64), dando como respuesta la entidad bancaria que no es posible brindar la información requerida atento a estar amparada en el secreto bancario (Com. A 6424 BCRA).-
Que el 24 de mayo de 2024 se toma declaración a la testigo Sandra Elizabeth Gorosito, y èsta ratifica su declaración en el Expte. Nº 4118-00224 (Sumario administrativo a la agente Francia Javier).
Que con fecha 31 de mayo de 2024 se da por concluida la etapa probatoria y de investigación, y se le da traslado a la agente para que alegue sobre el mérito de la prueba producida, quien lo hace en la presentación del día 13 de junio de 2024 (Expte. Nº 4118-03493).-
Que de las constancias de autos surge que la agente con su accionar ha incurrido en una inconducta notoria (art. 107 inc. 3), quebrantando las prohibiciones dispuestas por la Ley 14.656 (art. 107 inc. 5); y siendo ello una falta grave que perjudica materialmente a la Administración Municipal y afecta el prestigio de la misma (art. 107 inc. 10), quebrantando de manera evidente las disposiciones de la ley 14.656. -
Que la Junta Disciplinaria conformada por Decreto 215/2024, ha concluido que con las constancias de fs. 2/12, las declaraciones testimoniales de la Sra. Gorosito a fs. 62 del expediente del Visto, y la realizada en el Expte. Nº 4118-00224 -Sumario administrativo a la agente Francia Javier-, como así la denuncia penal que formula el hijo de la Sra. María de los Ángeles Rivolta (interna del Hogar) que luce también en dichas actuaciones, se considera probados los cargos impuestos a la agente.-
Que como consecuencia de ello, la Junta Disciplinaria ha resuelto por unanimidad que corresponde decretar la cesantía de la agente conforme lo prescripto por el artículo 107 inc. 3, 5 y 10 de la ley 14.656. -
Por ello,
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE 25 DE MAYO
DECRETA
Artículo 1°): Dispóngase la cesantía del agente ROSA EMILIANA MARTINEZ DNI 31.241.724, Legajo Nº 2933 a partir del 19 de junio de 2024 por las razones expuestas en los considerandos y las constancias obrantes en el sumario administrativo.
Artículo 2°): Refréndese por la secretaría correspondiente.
Artículo 3°): Comuníquese, regístrese y archívese.