Boletines/Coronel Suárez
Decreto Nº 1362/2024
Coronel Suárez, 06/06/2024
Visto
el Expediente “4028–EXP-MCS: 1782/21 ”, de la Secretaria de Obras Públicas referente a la obra “Asfalto en Barrio Cristo Redentor de Coronel Suarez”, y –
Considerando
Que de acuerdo con el informe elaborado por el Secretario, corresponde liberar al uso público la mencionada obra, y proceder al cobro de la tasa respectiva;
Por ello, el Intendente Municipal del Partido en uso de sus atribuciones –
D E C R E T A
ART. 1º: Librar al uso público la obra: “Asfalto en Barrio Cristo - - - - -Redentor de Coronel Suarez “ en las siguientes nomenclaturas catastrales, a saber:
XV-B-Mz.131AB – Parc. 1, 7, 8, 9, 10, 11, 21, 22, 23 y 24.-
XV-B-Mz.131AC – Parc. 1, 12C, 13ª, 14ª, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22, 23 y 24.-
XV-B-Mz.131AH – Parc. 1B, 4ª y 7.-
XV-B-Mz.131AJ – Parc. 7, 8, 9, 10, 11, 21A, 23 y 24.-
XV-B-Mz.131AK – Parc. 1N, 1R, 2ª, 3, 4 y 5.-
XV-B-Mz.131BA – Parc. 1, 2 UF.1, 2 UF.2, 3, 4 UF.1, 4 UF.2, 4 UF.3, 5 UF.1, 15ª UF.4, 18ª UF.1 18ª UF.2, 18ª UF.3, 18ª UF.4, 20ª UF.1 20ª UF.2 y 20ª UF.3.-
XV-B-Mz.131BR – Parc. 1, 8, 9, 10, 11, 12 y 13.-
XV-B-Mz.131GG – Parc. 1, 3, 4, 5, 6 y 7.-
XV-B-Mz.131HH – Parc. 1, 3 UF.1, 3 UF.2, 4 UF.1, 4 UF.2, 5ª UF.1, 5ª UF.2, 6, 7 y 11.-
XV-B-Mz.131RR – Parc. 6, 7, 8, 9, 10 y 11.-
XV-B-Mz.131SS – Parc. 1, 7, 8, 9, 10B, 11, 12, 22, 23, 24, 25 y 26.-
XV-B-Mz.131TT – Parc. 1, 22, 23, 24, 25 y 26.-
XV-B-Mz.131ZZ – Parc. 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16 y 17.-
ART. 2º: La obra pública ejecutada precedentemente y que se libera por - - - - - medio del presente, cuenta con Declaración de Utilidad Pública y Pago Obligatorio, a través de la Ordenanza nº 7.663/22 correspondiendo por lo tanto que a través de la Dirección de Recaudación Municipal, se proceda a dar el alta tributaria de la misma, y comunicación a los vecinos frentistas afectados, a fin de realizar el pago correspondiente, en las distintas modalidades fiscales vigentes.
ART. 3º: Comunicar a la Dirección de Recaudación para que se incorpore a - - - - - -los padrones pertinentes, ascendiendo el costo a cobrar por mts. de frente en la suma de $ 37.200,00 (Pesos treinta y siete mil doscientos), de acuerdo a la Ordenanza Fiscal nº 8.131, art. 172 y en la Ordenanza Impositiva nº 8.132, art.53, estableciéndose el pago en 60 cuotas, mediante el sistema francés.-
ART. 4º: Comuníquese, cúmplase y regístrese.-
DECRETO Nº 1362