Boletines/Campana

Decreto Nº249/24

Decreto Nº 249/24

Campana, 10/04/2024

Expediente Municipal N° 4016-5619-2024 “Adquisición de Artículos LED”.

Visto

El Decreto-Ley Nº 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.), el Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de Administración para las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, la Ordenanza Nº 6613 promulgada por el Decreto Nº 537/2017, la Resolución Conjunta Nº 008/2018 de la Secretaría Técnica, Administrativa y Legal y la Secretaría de Modernización (t.v.), el Decreto N° 184/2022 (t.v.); y el Expediente Municipal Nº 4016-5619-2024; y

Considerando

Que la Secretaría de Espacio Público y Descentralización propicia las actuaciones para la “Adquisición de Artículos LED” emitiendo informe circunstanciado mediante el cual manifiesta la necesidad de efectuar la adquisición urgente de artículos LED para mejorar, acondicionar y mantener el cableado de nuestra ciudad en buen estado evitando inconvenientes derivados por la falta de iluminación; adjuntando el listado de artefactos a adquirir.

Que la Dirección de Compras manifiesta que habiendo tomado vista del expediente, ante la imperiosa necesidad de dar solución a la urgencia planteada por la Secretaría de Espacio Público y Descentralización, sugiere hacer uso del Artículo 156º Inc. 10) del Decreto-Ley N° 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.).

Que la Dirección de Presupuesto Municipal informa la estructura programática  a  la  cual  deberá  afectarse  la  erogación en  cuestión;  e  informa  que  la categoría programática sugerida no ha sido presupuestada, pero podrá llevarse a cabo transfiriendo el crédito presupuestario a la estructura programática ya mencionada de economías realizadas dentro de la misma Secretaría, o bien de acuerdo a lo establecido por la Ordenanza de Presupuesto vigente.

Que la Contaduría Municipal toma conocimiento e informa que no tendrá objeciones de carácter contable que formular una vez transferido el crédito presupuestario a la estructura programática ya mencionada de economías realizadas dentro de la misma Secretaría, o bien de acuerdo a lo establecido por la Ordenanza de Presupuesto vigente.

Que la Secretaría de Economía y Hacienda toma conocimiento e informa que si bien la erogación no ha sido presupuestada en el “Calculo de Recursos y Presupuesto General año 2024” no se tendrán objeciones económicas ni financieras una vez transferido el crédito presupuestario a la categoría programática ratificada por la Dirección de Presupuesto, de acuerdo a lo establecido por la ordenanza de presupuesto vigente.

Que luce Solicitud de Pedido Nº 3-5327-328, por la suma total de Pesos Cincuenta y Cinco Millones con Cero Centavos ($ 55.000.000,00.-).

Que obra Solicitud de Gasto N° 0-1457, por la suma total de Pesos Cincuenta y Cinco Millones con Cero Centavos ($ 55.000.000,00.-).

Que luce Planilla Especificativa de las Firmas Invitadas a Cotizar.

Que obran las cotizaciones presentadas por los proveedores CYL ELECTROMATERIAL SA, VIAL GROUP SRL y ENLUZ S.A., respectivamente.

Que luce Acta de Apertura de fecha 26 de marzo de 2024.

Que obra Cuadro Comparativo de Cotizaciones de Precios emitido por la Dirección de Compras.

Que la Dirección de Compras informa que los precios cotizados se ajustan a los valores vigentes en el mercado a la fecha de la presente compulsa de precios. Asimismo, informa que dos de las cotizaciones presentadas por los oferentes superan el monto estimado primariamente en la Solicitud de Pedido N° 3-5327328.

Que  luce  Informe  Técnico  de  la  Secretaría  de  Espacio  Público y Descentralización donde informa que tomado conocimiento de la documentación obrante y teniendo en cuenta calidad, presentación y alternativa, siendo el mismo el corriente en plaza, recomienda adjudicar a la oferta económica de menor valor.

Que la Contaduría Municipal considera que en el procedimiento administrativo deberá asegurarse la celeridad, eficacia y economía del mismo, evitando la realización o exigencia de trámites, formalismos y/o recaudos innecesarios que compliquen o dificulten su desenvolvimiento; y que analizadas las propuestas presentadas los precios cotizados son vigentes en el mercado a la fecha de la compulsa de precios por lo que no existen objeciones contables que formular; y la Secretaría de Economía y Hacienda toma conocimiento e informa que no posee objeciones económicas financieras que formular.

Que luce Informe de la Dirección de Compras, donde sugiere que la propuesta  más  conveniente y oportuna para  la adquisición  que se pretende realizar  en virtud del Art. 156º Inc.) 10 Decreto Ley Nº 6768/58 de la Ley Orgánica de las Municipalidades (t.v.) está dada por el proveedor VIAL GROUP SRL. (C.U.I.T. 3070965219-9)  para la adquisición de: * 8  Artefactos K3 por  un valor  unitario de $ 289.000,00 TOTAL: $ 2.312.000,00.-, * 70 Artefactos K5 por un valor unitario de $ 403.000,00 TOTAL: $ 28.210.000,00.-, *40 Artefactos Alveolar de 60W por un valor unitario de $ 173.000,00 TOTAL: $ 6.920.000,00.- y *60 Artefactos Alveolar de 120W por un valor unitario $ 224.000,00 TOTAL: $ 13.440.000,00.-, siendo el total adjudicado de Pesos Cincuenta Millones Ochocientos Ochenta y Dos Mil con Cero Centavos ($ 50.882.000,00.-) IVA incluido.

Que la Jefatura de Gabinete toma conocimiento, otorgando continuidad a las actuaciones.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos, Administrativos, Legislativos y Empleo Público interviene y obra dictamen.

Que  el plexo  normativo  del  Reglamento  de  Contabilidad  para  las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires regula el procedimiento de adquisición de bienes y servicios que rige esta Municipalidad.

Que el artículo 156 del Decreto-Ley Nº 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.) establece que ¨Con excepción a lo prescripto en el artículo 151° sobre licitaciones y concursos, se admitirán compras y contrataciones directas en los siguientes casos: inciso 10º) Las adquisiciones de bienes de valor corriente en plaza, en las condiciones comerciales de oferta más convenientes en el mercado, cualquiera sea su monto¨.

Que en virtud de la necesidad planteada resulta procedente el dictado del acto administrativo.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones otorgadas por el artículo 108º del Decreto-Ley N° 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.), asimismo se dicta en los términos de la Ordenanza Nº 6613 promulgada por el Decreto Nº 537/17, y dentro de lo contemplado en el artículo Nº 1 de la Resolución Conjunta Nº 008/2018 de la Secretaría Técnica, Administrativa y Legal y la Secretaría de Modernización (t.v.).

Que la refrenda del presente acto administrativo se debe realizar en virtud de lo establecido en el Decreto N° 184/2022 (t.v).

Por ello,

 EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL DE CAMPANA, DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Dispónese la Contratación Directa con el proveedor VIAL GROUP S.R.L. (C.U.I.T. 3070965219-9)) * 8 Artefactos K3 por un valor unitario de                              $ 289.000,00 TOTAL: $ 2.312.000,00.-, * 70 Artefactos K5 por un valor unitario de $ 403.000,00 TOTAL: $ 28.210.000,00.-, *40 Artefactos Alveolar de 60W por un valor unitario de $ 173.000,00 TOTAL: $ 6.920.000,00.- y *60 Artefactos Alveolar de 120W por un valor unitario $ 224.000,00 TOTAL: $ 13.440.000,00.-, ascendiendo a la suma total  de Pesos Cincuenta Millones  Ochocientos Ochenta  y Dos Mil con  Cero Centavos ($ 50.882.000,00.-) IVA incluido, en virtud de lo normado en el artículo 156° inciso 10 del   Decreto – Ley   N° 6769/58 Ley   Orgánica   de   las Municipalidades) (t.v.), y en un todo de acuerdo con lo actuado en el Expediente Municipal N° 40165619-2024.-

ARTÍCULO 2º.- Establécese que los fondos necesarios para el pago de lo dispuesto en el artículo anterior se tomarán de la Jurisdicción 1110125000 “Secretaría de Espacio Público y Descentralización”, Categoría Programática 25.75.00 “Luminarias en Casco Urbano y Barrios”, Fuente de Financiamiento 110 “Tesoro Municipal”, Partida Presupuestaria 2.9.3.0 “Útiles y Materiales Eléctricos”, del Presupuesto General de Gastos para el año 2024.-

ARTÍCULO 3º.- Refréndase el presente Decreto por la Señora Secretaria Técnica, Administrativa y Legal Interina, el Señor Secretario de Economía y Hacienda, el Señor Secretario de Espacio Público y Descentralización y el Señor Jefe de Gabinete.-

ARTÍCULO 4º.- Regístrese; comuníquese; notifíquese; y archívese.-