Boletines/Adolfo Gonzales Chaves

Decreto Nº443/2024

Decreto Nº 443/2024

Adolfo Gonzales Chaves, 15/05/2024

Visto

El Expediente 4055-95-2014, Cuerpo II y III, mediante el cual César Maximiliano Decarli solicita la habilitación de un local en el ramo PUB (sin pista de baile); y

Considerando

Que a fojas 361/392 obra Certificado de Mantenimiento de Obra en Materia de Seguridad Antisiniestral, con vencimiento el día 25 de marzo de 2025;

Que se encuentra agregado al presente Expediente, Contrato de Locación del inmueble donde funciona el comercio en cuestión, de donde surge que el vencimiento contractual opera el día 31 de octubre de 2024;

Que a fojas 393 se agregó Certificado de Libre Deuda Alimentaria:

Que a fojas 394 obra Certificado de Antecedentes Penales, expedido por el Registro Nacional de Reincidencia;

Que a fojas 400 informa el Jefe de la Oficina de Catastro y Obras Particulares;

Que a fojas 404 se agrega Libre de Deuda emitido por el Jefe del Juzgado de Faltas y a fojas 445 el pago de la deuda por Tasa de Seguridad e Higiene;

Que a fojas 405 consta informe del Departamento de Bromatología e Inspección Veterinaria;

Que a fojas 407/442 obra Póliza emitida por Federación Patronal Seguros con vencimiento el día 05 de junio de 2024;

Que a fojas 446 el Jefe de la Oficina de Industria y Comercio manifiesta que no encuentra inconvenientes en acceder a la habilitación solicitada;

Que este Departamento Ejecutivo considera que se encuentran reunidos los requisitos para otorgar de manera provisoria la habilitación solicitada, hasta el día 25 de marzo de 2025 fecha en la cual vence el Certificado de Mantenimiento de Obra en Materia de Seguridad Antisiniestral de la Dirección de Bomberos, Destacamento De La Garma;

Por ello;          

la INTENDENTA MUNICIPAL, en uso de las facultades que le son propias

D E C R E T A:

ARTÍCULO 1º.- Otorgar de manera provisoria hasta el día 25 de marzo de 2025, la habilitación de un local en el ramo PUB (sin pista de baile), propiedad del Sr. César Maximiliano Decarli, DNI Nº 25.076.337, ubicado en calle Bartolomé Mitre nº 75 de esta ciudad de Adolfo Gonzales Chaves.-

 

ARTÍCULO 2º.- La vigencia de la habilitación queda sujeta al cumplimiento de requisitos que puedan establecerse por normas legales, sin derecho a indemnización alguna para el titular por la caducidad de la misma.- El solicitante deberá presentar, dentro de los treinta días de notificado, el Certificado de Antecedentes Penales expedido por la Policía de la Provincia de Buenos Aires, su incumplimiento, dará derecho a dar de baja la presente habilitación sin notificación previa.-

 

 ARTÍCULO 3º.- Tomen razón Oficina de Obras Particulares, Oficina de Asuntos Legales y Oficina de Industria y Comercio.-

 

ARTÍCULO 4º.- Cúmplase, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-