Boletines/Adolfo Gonzales Chaves
Decreto Nº 441/2024
Adolfo Gonzales Chaves, 15/05/2024
Visto
El Expediente 4055-369-2021, mediante el cual a fojas 37 la ASOCIACIÓN COOPERADORA DEL CENTRO EDUCATIVO COMPLEMENTARIO Nº 801, solicita autorización para la organización y puesta en circulación de un Bono Contribución;
Que la misma se halla inscripta en el Registro Municipal de Entidades de Bien Público con el número 53, según surge del Decreto Nº 1283/94;
La documentación agregada a fojas 38/49;
El informe de la Directora de Asesoría Letrada a fojas 50; y
Considerando
Que dicha Entidad ha cumplido con todos los requisitos establecidos por Ordenanzas nº 2267/99 y 2268/99;
Por ello;
la INTENDENTA MUNICIPAL, en uso de las facultades que le son propias
D E C R E T A:
ARTÍCULO 1º.- Autorizar a la ASOCIACIÓN COOPERADORA DEL CENTRO EDUCATIVO COMPLEMENTARIO Nº 801 a organizar, promover, vender y poner en circulación un Bono Contribución, en los términos de la Ordenanza nº 2267/99, dentro de las características denunciadas por dicha Institución en el Expediente municipal 4055-369-2021, con cargo a abonar la Tasa del Artículo 4º Inciso 11 de la Ordenanza nº 2268/99, si correspondiere.- La venta del citado Bono Contribución se realizará a partir del día de la fecha.-
ARTÍCULO 2º.- La Entidad beneficiaria deberá dar cumplimiento a las disposiciones establecidas en las normas referidas en el Artículo 1º del presente Decreto, bajo apercibimiento de las sanciones dispuestas en las mismas.-
ARTÍCULO 3º.- Tomen razón Dirección de Asesoría Letrada, Juzgado de Faltas y comuníquese a la Estación de Policía de esta ciudad.-
ARTÍCULO 4º.- Cúmplase, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-