Boletines/Coronel Rosales
Decreto Nº 277/2024
Coronel Rosales, 19/06/2024
Visto
Las actuaciones promovidas en el Expte J-15/17, relacionadas con la inclusión en el régimen de la Ley de Discapacidad 10592 y de prestaciones Previsionales 10593 para agentes Discapacitados, y
Considerando
Que a fs. 48/49 mediante Dictamen Nº ACTA-2024-18704026-GDEBA-DAYPEMTGP la Dirección de Análisis y Promoción del Empleo del Ministerio de Trabajo concluye que atento al Art. 10 de la Ley Nº 10.592 y el Art. 12 del Decreto Reglamentario 1149/90, los agentes Mónica ANTÓN (Legajo Nº 2865), Luciano Camilo BALDI (Legajo Nº 3110), Walter BERARDO (Legajo Nº 4114), Gastón Hernán MARTÍNEZ (Legajo Nº 4034), Gastón PALLERO (Legajo Nº 3897) y la agente Patricia Silvia RODRIGUEZ (Legajo Nº 1847), se encuentran en condiciones de ser encuadrados dentro del marco de la Ley antes mencionada, dado que se encuentran inscriptos en el Registro del Servicio de Colocación Laboral Selectiva para personas con Discapacidad “SeCLas”, poseen Certificado de Discapacidad Oficial que así los avala y la idoneidad para continuar en el puesto actual del trabajo.-
Que a fs. 50 la Jefa de Recursos Humanos solicita se inicie con el acto administrativo para el encuadre de los agentes nominados dentro de la Ley 10.592.-
Que a fs. 51 la Jefa de Recursos Humanos atento al Certificado Único de Discapacidad presentado por la agente Alaniz Andrea Laura, Legajo Nº 2098, solicita se inicie el acto administrativo para el encuadre de los agentes nominados dentro de la Ley 10.592.-
Que a fs 53 el Departamento de Personal solicita la confección del acto administrativo correspondiente.-
Que en consecuencia debe procederse al dictado del acto administrativo correspondiente, en virtud de lo establecido en el articulo 115º de la Ordenanza General 267.-
POR ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL del Partido de Coronel de Marina Leonardo Rosales, en uso de sus facultades, DECRETA
ARTICULO 1º : Disponer la inclusión de los agentes que a continuación se detallan, al Régimen de la Ley Nº 10592, “Régimen Jurídica Básico Integral para las personas Discapacitadas”, efectuando la retención de los aportes previsionales, conforme a lo determinado en el Decreto Ley 960/80.
Leg. |
Agente |
DNI |
Funcion |
Niv |
Jor |
Est. Programática |
2865 |
ANTON MONICA ESTER |
23424383 |
ADMINIST |
12 |
30 |
1110110000-01-4 |
3110 |
BALDI LUCIANO CAMILO |
26.456.208 |
OBRERO |
08 |
40 |
1110115000-17-3 |
4117 |
BERARDO WALTER DANIEL |
37.235.353 |
ADMINIST |
06 |
30 |
1110119000-47-1 |
4034 |
MARTINEZ GASTON HERNAN |
37.952.721 |
SERVICIO |
05 |
35 |
1110117000-46-6 |
3897 |
PALLERO GASTON EZEQUIEL |
34.791.313 |
OBRERO |
04 |
35 |
1110117000-46-6 |
2344 |
QUINTANA ALEJANDRA ELISABET |
18.511.396 |
PROF. |
22 |
30 |
1110108000-52-1 |
1847 |
RODRIGUEZ PATRICIA SILVIA |
14.827.624 |
DOCENTE |
23 |
42 |
1110108000-52-1 |
2098 |
ALANIZ ANDREA LAURA |
16.731.206 |
ADMINIST |
17 |
30 |
1110118000-16-3 |
ARTICULO 2º: Autorizar al Departamento de Liquidación de Haberes, a la retención del 18 % de aportes previsionales de los citados agentes, conforme a lo determinado en el decreto Ley 960/80.
ARTICULO 3º: El presente Decreto será refrendado por la Sra. Secretaria de Economía.-
ARTICULO 4º: Regístrese. Tomen conocimiento la totalidad de las Secretarías, déjese constancia de ello y por su intermedio notifíquese a las jerarquías inferiores que corresponda.- Por el Departamento de Personal notifíquese a los interesados y regístrese en sus legajos.- Gírese al Departamento de Liquidación de Haberes a sus efectos.- Cumplido, archívese.-
DECRETO Nº277/2024