Boletines/Exaltación de la Cruz

Decreto Nº467

Decreto Nº 467

Exaltación de la Cruz, 28/06/2024

Visto

La Ley Orgánica de las Municipalidades, Decreto Ley N° 6769/58 y sus modificatorias, y el expediente Administrativo N° 4036-09175/97

Considerando

Que por el expediente administrativo de referencia la empresa SERVICIO LOS CARDALES S.R.L. CUIT N° 30-686314282-2 a fs. 1 solicita de Habilitación Municipal, para un comercio: “ESTACION DE SERVICOS YPF”, a radicarse en la localidad LOS CARDALES Partido de Exaltación de la Cruz:

Que a fs.02/03 se adjunta el correspondiente Certificado de Zonificación expedido por la Dirección de Catastro dependiente de la Secretaría Planificación, del cual surge que la zona es APTA para la instalación del comercio sujeto de la solicitud de fs. 1 del expediente administrativo ut-supra mencionado en el visto;

Que el solicitante mediante expediente administrativo ha cumplimentado con todos los requisitos para el otorgamiento de la habilitación comercial en el rubro: “VENTA AL POR MENOR DE COMBUSTIBLES PARA VEHICULOS AUTOMOTORES Y MOTOCICLETAS”, para el comercio ubicado en la localidad de LOS CARDALES, en el inmueble identificado catastralmente como: Circunscripción II Sección L, Manzana …..Parcela 122Q:

               Que, de acuerdo a lo informado por DIRECCIÓN DE HABILITACIONES, corresponde el otorgamiento del correspondiente Certificado de Habilitación Municipal por el término de SESENTA (60) MESES en el rubro referenciado en el considerando anterior del presente Decreto;

                Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el presente Acto Administrativo;

POR ELLO:

En uso de las atribuciones que son propias

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE

EXALTACIÓN DE LA CRUZ

DECRETA

 

Artículo 1°                 CONCEDASE Habilitación Municipal por el término de SESENTA (60) MESES, a favor de SERVICIOS LOS CARDALES S.R.L., CUIT N° 30-686314282-2   en el Rubro: “VENTA AL POR MENOR DE COMBUSTIBLES PARA VEHICULOS AUTOMOTORES Y MOTOCICLETAS” a partir del día 01 DE JUNIO DE 2024, en la localidad de LOS CARDALES, según expediente administrativo N° 4036-09175/97 venciendo la misma el día 31 DE MAYO DE 2029.-

 

 

Artículo 2°                 La presente Habilitación Municipal se otorga sujeto a lo establecido por las disposiciones vigentes, la cual no podrá ser transferida, cedida y/o alterada respecto al rubro.-

 

Artículo 3°                 Autorízase al Señor DIRECTOR DE HABILITACIONES a la emisión y firma del correspondiente Certificado de Habilitación Municipal, el cual deberá registrarse con asignación de número y leyenda “CERTIFICADO DE HABILITACIÓN”. -

 

Artículo 4°                 El presente Decreto será refrendado por el Señora Secretaria de Gobierno. -

 

Artículo 5°                 Cúmplase, Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, dese al Registro de Decretos y Archívese. -