Boletines/Bahia Blanca

Decreto Nº1882

Decreto Nº 1882

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 31/05/2024

Visto la Solicitud de Pedido Nº 3462 originado por la Subsecretaría de Niñez, Adolescencia y Familia con el objeto de adjudicar la prestación de servicios técnicos y profesionales como Cuidador en el  Centro de Día ''Sueño de Barrilete''; y

CONSIDERANDO

Que frente a la necesidad de la prestación de servicios técnicos y profesionales de una persona para cumplir funciones de cuidar la integridad física, psíquica y social de niñas y niños a su cargo, acompañarlos en actividades a realizarse dentro y fuera de la institución, fomentando el desarrollo social y educativo de niñas y niños, proporcionando un ambiente seguro y estimulante para aprender y jugar;
Que a fs. 4 de las presentes actuaciones, obra la declaración de incompetencia suscripta por la Subsecretaría de Niñez, Adolescencia y Familia, donde consta que los servicios requeridos no pueden ser cubiertos por personal de planta municipal;
Que se realizó el correspondiente proceso de selección, según Acta de Selección que obra en Suministro 523r-412-2024, del cual surge la selección de la Sra. Celendano Tamara Andrea, D.N.I N° 29.360.816, quien cumple con el perfil necesario y las capacidades para la tarea requerida. Por lo expuesto, el INTENDENTE MUNICIPAL en uso de sus facultades,

- D E C R E T A -

PRIMERO: Declarar la incompetencia en la órbita de la Subsecretaría de Niñez, Adolescencia y Familia; teniendo en cuenta que no existe personal de planta municipal disponible para desempeñar la tarea requerida.-
SEGUNDO: Adjudíquese a la Sra. Celendano Tamara Andrea, D.N.I N° 29.360.816, la prestación de servicios técnicos y profesionales como Cuidador en el  Centro de Día ''Sueño de Barrilete", a partir del 01 de Junio y hasta el 31 de Agosto de 2024 y por la suma total de pesos novecientos diecisiete mil doscientos ochenta y cinco con noventa y un centavos ($917.285,91-), en un todo de acuerdo a los requerimientos establecidos en el presente expediente.
TERCERO: Se procede a la delegación de responsabilidad del control de la efectiva prestación del servicio a la Dirección del Centro de Día Sueño de Barrilete.
CUARTO:
Refrende el presente Decreto el Director de la Agencia de Salud, Desarrollo Social, Ambiente y Hábitat.
QUINTO: Cúmplase, notifíquese, tomen nota Departamento de Compras, Subsecretaria de Niñez, Adolescencia y Familia ,Dirección del Centro de Día Sueño de Barrilete, dése al R.O.; hecho: ARCHÍVESE.