Boletines/Bahia Blanca
Decreto Nº 1842
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 31/05/2024
Visto la Solicitud de Pedido N° 3449 originado por la Subsecretaría de Niñez, Adolescencia y Familia, con el objeto de adjudicar la prestación de servicios técnicos y profesionales de una Psicóloga para formar parte de la guardia del Servicio Local y,
CONSIDERANDO
Que resulta necesaria la prestación de servicios de una persona para cumplir funciones como Psicóloga en la Guardia del Servicio Local, dependiente de la Subsecretaría de Niñez, Adolescencia y Familia en el abordaje de situaciones de vulneración de derechos de niños, niñas y adolescentes, de acuerdo al marco de la Ley 13298 cumpliendo con una Guardia pasiva durante 15 días al mes a determinar por el Servicio Local;
Que a fs. 3 de las presentes actuaciones, consta la declaración de incompetencia suscripta por la Subsecretaría de Niñez, Adolescencia y Familia, ya que los servicios requeridos no pueden ser cubiertos por personal de planta municipal;
Que se realizó el correspondiente procedimiento de selección del profesional, según Acta de Selección que consta en suministro 445/2024, quedando seleccionada la Sra. Rando Paulina Elba, D.N.I. 20.928.079, quien cumple con todos los aspectos técnicos para desarrollar las tareas requeridas.
Por todo lo expuesto, el INTENDENTE MUNICIPAL en uso de sus facultades,
- D E C R E T A -
PRIMERO: Declarar la incompetencia en la órbita de la Subsecretaría de Niñez, Adolescencia y Familia, teniendo en cuenta que no existe personal de planta municipal disponible para llevar adelante la tarea requerida.-
SEGUNDO: Adjudíquese a la Sra. Rando, Paulina, D.N.I. 20.928.079 la prestación de servicios técnicos y profesionales como Psicóloga de la Guardia del Servicio Local, a partir del 1 de Junio y hasta el 31 de Agosto de 2024, y por la suma total de pesos setecientos tres mil ciento veinticinco ($703.125.-), en un todo de acuerdo a los requerimientos establecidos en el presente expediente.
TERCERO: Se procede a la delegación de responsabilidad del control de la efectiva prestación del servicio contratado a la División del Servicio Local.
CUARTO: Refrende el presente Decreto el Director de la Agencia de Salud, Desarrollo Social, Ambiente y Hábitat.
QUINTO: Cúmplase, notifíquese, tomen nota Departamento de Compras, Contaduría General, Subdirección de Presupuesto y Planificación, Subsecretaría Niñez, Adolescencia y Familia, División del Servicio Local., dése al R.O.; hecho: ARCHÍVESE.