Boletines/Bahia Blanca
Decreto Nº 1837
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 31/05/2024
Visto la Solicitud de Pedido Nº 3412 originado por la Subsecretaría de Niñez, Adolescencia y Familia, con el objeto de adjudicar la prestación de servicios técnicos y profesionales como cuidadora de niños y niñas en Casa Abrigo I; y
CONSIDERANDO
Que resulta necesaria la incorporación de una cuidadora de Casa Abrigo 1, a fin de atender las necesidades de las niñas y niños de 2 a 6 años, que se encuentran con medida de abrigo y alojados en la institución; sus funciones, entre otras, serán cuidar la integridad física, psiquica y social de las niñas y niños a su cargo, acompañar en las actividades fuera y dentro de la institución, fomentando el desarrollo social y educativo de las niñas y niños, proporcionando un ambiente seguro y estimulante para aprender y jugar;
Que a fs. 4 de las presentes actuaciones, consta la declaración de incompetencia, donde consta que no existe personal municipal de planta disponible para desempeñar la tarea requerida;
Que se realizó el correspondiente proceso de selección, según Acta de Selección que obra en el expediente Nº 605r-9491-2023, del cual surge la selección de la Sra. Virginia Paula Verdini, D.N.I. 37.551.759, quien cumple con el perfil necesario y las capacidades para desempeñarse en Instituciones;
Por todo lo expuesto, el INTENDENTE MUNICIPAL en uso de sus facultades,
- D E C R E T A -
PRIMERO: Declarar la incompetencia en la órbita de la Subsecretaría de Niñez, Adolescencia y Familia; teniendo en cuenta que no existe personal municipal para realizar dicha tarea.
SEGUNDO: Adjudíquese a la Sra. Virginia Paula Verdini, D.N.I. 37.551.759, la prestación de servicios como cuidadora de Casa Abrigo I, a partir del 01 de Junio y hasta el 31 de Agosto de 2024 , y por la suma total de pesos novecientos sesenta y seis mil cien con cincuenta centavos ($966.100,50.-), en un todo de acuerdo a los requerimientos establecidos en el presente expediente.
TERCERO: Se procede a la delegación de responsabilidad del control de la efectiva prestación del servicio contratado a la Dirección de Casa Abrigo I.
CUARTO: Refrende el presente Decreto el Director de la Agencia de Salud, Desarrollo Social, Ambiente y Hábitat.-
QUINTO: Cúmplase, notifíquese, tomen nota Departamento de Compras, Contaduría General, Subsecretaría de Niñez, Adolescencia y Familia, dése al R.O.; hecho: ARCHÍVESE.