Boletines/Bahia Blanca
Decreto Nº 1810
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 31/05/2024
Visto la Solicitud de Pedido Nº 3442 originado por la Subsecretaría de Niñez, Adolescencia y Familia, con el objeto de adjudicar la prestación de servicios técnicos y profesionales de un trabajador social para formar parte del Equipo Técnico del Servicio Local sede Ingeniero White; y
CONSIDERANDO
Que resulta necesaria la prestación de servicios de una trabajadora social para formar parte del equipo Técnico del Servicio Local de Promoción y Protección de los Derechos del Niño, Niña y Adolescentes con jurisdicción y sede en zona Ingeniero White, en lo que respecta al abordaje de situaciones de vulneración de derechos de niños, niñas y adolescentes en el marco de la Ley Nº13298;
Que a fs. 3 de las presentes actuaciones, consta la declaración de incompetencia suscripta por la Subsecretaría de Niñez, Adolescencia y Familia, teniendo en cuenta que no existe personal de planta municipal disponible para desempeñar la tarea requerida;
Que surge la selección de la Sra. Sofia Lorena Dalgalarrondo, D.N.I. 35.101.950, quien cumple con todos los aspectos técnicos necesarios para el cumplimiento de las tareas asignadas, conforme al Acta de selección que obra en el suministro 9566/2023.
Por lo expuesto, el INTENDENTE MUNICIPAL en uso de sus facultades
- D E C R E T A -
PRIMERO: Declarar la incompetencia en la órbita de la Subsecretaría de Niñez, Adolescencia y Familia; teniendo en cuenta que no existe personal de planta municipal disponible para desempeñar la tarea requerida.
SEGUNDO: Adjudíquese al Sra. Sofia Lorena Dalgalarrondo, D.N.I. 35.101.950 la prestación de servicio como trabajadora social para cumplir funciones en el Servicio Local sede Ingeniero White, a partir del 1 de Junio y hasta el 31 de Agosto de 2024, y por la suma total de pesos un millón doscientos noventa mil ($1.290.000.-) en un todo de acuerdo a los requerimientos establecidos en el presente expediente.
TERCERO: Se procede a la delegación de responsabilidad del control de la efectiva prestación del servicio contratado a la División de Servicio Local.
CUARTO: Refrende el presente Decreto el Director de la Agencia de Salud, Desarrollo Social, Ambiente y Hábitat.-
QUINTO: Cúmplase, Notifiquese, tomen nota Departamento de Compras, Contaduría General, Subsecretaría de Niñez, Adolescencia y Familia,División de Servicio Local, dése al R.O.; y ARCHÍVESE.