Boletines/Bahia Blanca

Decreto Nº1791

Decreto Nº 1791

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 30/05/2024

Visto la Solicitud de Pedido N° 3439 originado por la Subsecretaría de Niñez, Adolescencia y Familia, con el objeto de adjudicar la prestación de servicios técnicos y profesionales de una Psicóloga para formar parte de la Coordinación del Servicio Local  y,

CONSIDERANDO

Que resulta necesaria la prestación de servicios de una persona para cumplir funciones como Psicóloga en la Coordinación del Servicio Local, dependiente de la Subsecretaría de Niñez, Adolescencia y Familia. La función a desarrollar por el profesional se encuentra enmarcada dentro de los términos de la Ley 13298 de Promoción y Protección de los Derechos del niño, niña y adolescente determinando el abordaje integral en situaciones de vulneración de derechos; 

Que a fs. 3 de las presentes actuaciones, consta la declaración de incompetencia suscripta por la Subsecretaría de Niñez, Adolescencia y Familia, ya que los servicios requeridos no pueden ser cubiertos por personal de planta municipal;

Que se realizó el correspondiente procedimiento de selección del profesional, según Acta de Selección que corre en suministro 9548/2023, quedando seleccionada la Sra. Rando Paulina Elba, D.N.I. 20.928.079, quien cumple con todos los aspectos técnicos para desarrollar las tareas requeridas.

Por todo lo expuesto, el INTENDENTE MUNICIPAL en uso de sus facultades,

                                                      - D E C R E T A -

PRIMERO: Declarar la incompetencia en la órbita de la Subsecretaría de Niñez, Adolescencia y Familia, teniendo en cuenta que no existe personal de planta municipal disponible para llevar adelante la tarea requerida.-
SEGUNDO: Adjudíquese a la Sra. Rando, Paulina, D.N.I. 20.928.079 la prestación de servicios técnicos y profesionales como Psicóloga en la coordinación del Servicio Local, a partir del 01 de Junio y hasta el 31 de Agosto del 2024, y por la suma total de pesos dos millones doscientos cincuenta mil ($2.250.000.-), en un todo de acuerdo a los requerimientos establecidos en el presente expediente.
TERCERO: Se procede a la delegación de responsabilidad del control de la efectiva prestación del servicio contratado a la División del Servicio Local.
CUARTO: Refrende el presente Decreto el Director de la Agencia de Salud, Ambiente y Hábitat.
QUINTO: Cúmplase, notifíquese, tomen nota Departamento de Compras, Contaduría General, Subdirección de Presupuesto y Planificación, Subsecretaría Niñez, Adolescencia y Familia, División del Servicio Local, dése al R.O.; hecho: ARCHÍVESE.