Boletines/Bahia Blanca

Decreto Nº1774

Decreto Nº 1774

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 30/05/2024

Visto la Solicitud de Pedido Nº 3786 originado por la Subsecretaría de Desarrollo Social y Territorial, con el objeto de adjudicar la prestación de servicios técnicos y profesionales de un Operador de Calle para desempeñar tareas en el Programa de Personas en Situación y Habitación de Calle;

CONSIDERANDO
Que resulta necesaria la prestación de servicios de un Operador de Calle, quien realizará atención directa en el municipio, recorridas nocturnas, en las cuales abordará circunstancias que se presentan repentinamente, que requieran inmediato tratamiento y/o atención y que lleva implícito un alto riesgo para la persona; 
Que a fs. 3 de las presentes actuaciones, consta la declaración de incompetencia suscripta por la Subsecretaría de Desarrollo Social y Territorial, ya que los servicios requeridos no pueden ser cubiertos por personal de planta municipal;
Que se realizó el correspondiente proceso de selección según las actuaciones que obran en el suministro Nº516R-9675-2023, en la cual surge la selección del Sr. Fortunato, Pablo Damian, D.N.I. 37.212.555, quien cumple satisfactoriamente con las tareas asignadas;
Por todo lo expuesto, el INTENDENTE MUNICIPAL en uso de sus facultades;

- D E C R E T A -

PRIMERO: Declarar la incompetencia en la órbita de la Subsecretaría de Desarrollo Social y Territorial, teniendo en cuenta que esta función no puede ser realizada por ningún agente municipal del área, debido a que no se cuenta con personal disponible para que pueda ser afectado a esta tarea.
SEGUNDO: Adjudíquese al Sr. Fortunato, Pablo Damian, D.N.I. 37.212.555, la prestación de servicios técnicos y profesionales como Operador de Calle para desempeñar tareas en el Programa de Personas en Situación y Habitación de Calle, recorridas nocturnas, a partir del 01 de junio y hasta el 31 de agosto de 2024, y por la suma total de pesos un millón doscientos noventa mil ($1.290.000.-) en un todo de acuerdo a los requerimientos establecidos en el presente expediente.
TERCERO:Refrende el presente Decreto el Director de la Agencia de Salud, Desarrollo Social, Ambiente y Hábitat.-
CUARTO: Se procede a la delegación de responsabilidad del control de la efectiva prestación del servicio contratado a la Subsecretaría de Desarrollo Social y Territorial .
QUINTO: Cúmplase, notifíquese, tomen nota Departamento de Compras, Subsecretaría de Desarrollo Social y Territorial, dése al R.O.; hecho: ARCHÍVESE.