Boletines/Bahia Blanca
Decreto Nº 792
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 12/03/2024
Visto el informe elevado a fojas 2 por el Departamento Proyectos y Obras, referido a la ampliación del monto contractual de la obra: “CENTRO DE SALUD MARCOS MORA ESQUINA MARTIN MALHARRO", adjudicada a la empresa TALLERES BJ IRRAZABAL S.A. por Decreto Nº 2539/2023, dictado en el Expediente Nº 416R-1764-2023, y;
CONSIDERANDO:
Que la oficina técnica informa a fojas 2 que vista la necesidad de realizar adecuaciones sobre el cerco olímpico de la obra de referencia, solicitó a la contratista un presupuesto para rotar 31 postes de hormigón. Esta adecuación no se encontraba contemplada en la documentación técnica, según lo señala el Departamento Proyectos y Obras a fojas 16, por lo cual se presenta el adicional de obra.
Que a fojas 3 obra presupuesto presentado por la contratista el cual asciende a PESOS CUATROCIENTOS OCHENTA MIL SEISCIENTOS VEINTINUEVE CON CINCUENTA Y SEIS CENTAVOS ($ 480.629,56).-
Que la Oficina técnica informa que los valores están de acuerdo a los valores de contrato y plaza al momento de la Licitación, por lo que sugiere una ampliación de obra por un monto de $480.629,56 que representa un 0,37% respecto al monto del contrato, y una ampliación del plazo contractual de veinte (20) días corridos a partir del 5 de Octubre de 2024.
Por lo expuesto y atento a lo establecido en el artículo 146º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, el INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus facultades,
DECRETA
ARTÍCULO 1º: Ampliase en un 0,37% lo que significa la suma de PESOS CUATROCIENTOS OCHENTA MIL SEISCIENTOS VEINTINUEVE CON CINCUENTA Y SEIS CENTAVOS ($ 480.629,56), el monto contractual de la obra: “CENTRO DE SALUD MARCOS MORA ESQUINA MARTIN MALHARRO", adjudicada a la empresa TALLERES BJ IRRAZABAL S.A. por Decreto Nº 2539/2023, dictado en el Expediente Nº 416R-1764-2023, en un todo de acuerdo a lo informado por el Departamento Proyectos y Obras en expediente 416R-839-2024.
ARTICULO 2°: Amplíase en VEINTE (20) días corridos el plazo contractual de la obra citada en el artículo primero, a partir del 5 de Octubre de 2024, en un todo de acuerdo a lo informado por el Departamento de Proyectos y Obras, y en las actuaciones obrantes en el presente expediente.
ARTÍCULO 3°: Previamente al inicio de los trabajos la empresa contratista deberá presentar en el Departamento Proyectos y Obras la garantía que avale el compromiso asumido en la ejecución de la presente ampliación, equivalente al 5% de monto indicado en el artículo 1º.
ARTÍCULO 4º: El gasto que demande lo dispuesto en el artículo primero deberá imputarse a la Fuente 133, Jurisdicción 1110105000, Cat. Prog. 50.52.00, Gasto 4.2.1.0., del Presupuesto de Gastos.-
ARTÍCULO 5º: Refrende el presente Decreto el Sr. Secretario de Economía.-
ARTICULO 6º: Cúmplase, dése al R.O, Pase al Departamento Compras para la confección de la correspondiente Orden de Compra.- Notifíquese a la Empresa interesada por intermedio del Departamento Proyectos y Obras. Tome conocimiento el citado Departamento. Cumplido, ARCHIVESE.-
NFM.-