Boletines/Bahia Blanca

Ordenanza Nº21787

Ordenanza Nº 21787

Bahia Blanca, 23/05/2024

Visto

El proyecto de ordenanza obrante a fojas 98 y 99, por el que se solicita se autorice la Licitación Privada 2005-2024, mediante la cual se ha solicitado la contratación del servicio de traslado de pacientes bajo distintas modalidades operativas, a fin de cubrir las necesidades que no alcanzan a prestar la ambulancia propia para los próximos tres (3) meses.

Y considerando:

Que para ello, se han cumplimentado los siguientes pasos:

  1. Con fecha 03 de enero de 2024 se emitió la Resolución Nº 6-11-2024 llamando a Licitación Privada Nº 2.005/2.024 para el día 5 de enero a efectos de contratar el servicio aludido para el primer trimestre del año 2024. El presupuesto oficial ascendía a catorce millones trescientos mil catorce pesos con setenta centavos ($ 14.300.014,70).

  2. Con fecha 03 de enero de 2024, se cursaron invitaciones a diferentes proveedores inscriptos en el Registro de Proveedores (artículo 153 de la Ley Orgánica Municipal).

  3. Con fecha 05 de enero de 2024 se realizó la apertura de la licitación habiéndose recibido una única oferta, presentada por el proveedor Sem Salud S.A., cuya oferta económica total asciende a veintidós millones noventa y nueve mil ciento cincuenta y cuatro pesos con ochenta centavos ($22.099.154,80).

  4. Del análisis de la propuesta presentada, la documentación presentada por el único proveedor mencionado cumple con todo lo solicitado en el Pliego de Bases y Condiciones, (documentación obrante de fojas 25 a 47).

  5. La empresa Sem Salud S.A. ha presentado su oferta discriminada para cada uno de las prestaciones de servicios solicitadas: Ítem 1) Traslado de pacientes con médico, incluye sesenta y cinco (65) movimientos mensuales para el periodo primer trimestre de 2024. Por este servicio cotizó un valor mensual de tres millones ochocientos noventa mil doscientos noventa y un pesos con sesenta centavos ($ 3.890.291,60) para las localidades de Bahía Blanca, Ingeniero White y General Daniel Cerri; Ítem 2) Por cada traslado con médico que exceda los sesenta y cinco (65) movimientos mensuales, durante el mismo período que el ítem anterior, cotizó noventa y cuatro mil trescientos cuarenta pesos ($ 94.340,00) por cada uno; Ítem 3) Traslado de pacientes programados sin médico, incluye cincuenta (50) movimientos mensuales para el periodo a contratar. Por este servicio cotizó un valor mensual de un millón doscientos veintiún mil cuatrocientos veinticinco pesos ($ 1.221.425,00); Ítem 4) Por cada traslado sin médico que exceda los cincuenta (50) movimientos mensuales previstos en el ítem 4) cotiza cuarenta y dos mil ciento veintisiete pesos ($ 42.127,00).

  1. Que la empresa cumple con las condiciones de proveedor del rubro, y que no ha presentado inconvenientes en contrataciones anteriores.

  2. A fojas 49 y 50 consta el desglose de la garantía de oferta, documentación que se reserva en la Tesorería de este Hospital.

  3. Que la Oficina de Compras ha constatado el cumplimiento de la totalidad de los requisitos exigidos en el pliego de bases y condiciones, lo que ha quedado reflejado en planillas al efecto que obran en fojas 93 a 95.

Por lo tanto considerando, que la empresa cumple con las condiciones de proveedor del rubro, y que no ha presentado inconvenientes en contrataciones anteriores.

Que el precio ofertado está dentro de lo esperado respecto al incremento presupuestario previsto para el período a adjudicar, ya que el último precio contratado corresponde a junio de 2023.

Que en función de lo expresado anteriormente, el proveedor califica conforme lo exigido en el pliego licitatorio.

Que la puesta en funcionamiento de la Unidad de Traslado de Baja Complejidad por nuestro Hospital ha permitido la reducción de los servicios contratados cuando los mismos no necesitan contar con la asistencia de un profesional médico.

Por lo expuesto precedentemente y conforme lo indican los artículos 187 del Reglamento de Contabilidad y 155 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, el H. Concejo Deliberante en uso de sus facultades, sanciona con fuerza de

 

ORDENANZA

 

Artículo 1º – Autorízase al Hospital Municipal de Agudos “Dr. L. Lucero”, a adjudicar la Licitación Privada 2005/2024, a la firma SEM SALUD S.A., por única oferta, para el 1° trimestre del año 2024, dado que la oferta recibida cumple con las exigencias técnicas y legales requeridas, y que dada la materia de que se trata, resulta imprescindible la continuidad del servicio, conforme al artículo 155 de la Ley Orgánica de las Municipalidades y artículo 187 del Reglamento de Contabilidad.

Artículo 2º – Comuníquese al Departamento Ejecutivo para su cumplimiento.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHÍA BLANCA, A LOS VEINTITRÉS DÍAS DEL MES DE MAYO DE DOS MIL VEINTICUATRO.-