Boletines/Campana
Decreto Nº 203/24
Campana, 27/03/2024
Expediente Municipal Nº 4016-5976-2024 “Emergencia Habitacional – Catástrofe Climática”.
Visto
El Decreto-Ley Nº 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.), la Ordenanza Nº 6613 promulgada por el Decreto Nº 537/17, la Resolución Conjunta Nº 008/2018 de la Secretaría Técnica, Administrativa y Legal y la Secretaría de Modernización (t.v), el Decreto N° 184/2022 (t.v), y el Expediente Municipal Nº 4016-5976-2024; y
Considerando
Que la Subsecretaría de Desarrollo Social promueve el presente expediente “Emergencia Habitacional – Catástrofe Climática” para la Adquisición de doscientas sesenta (260) chapas a fin de ser entregadas a los damnificados a la brevedad.
Que obra Informe Circunstanciado y planilla con las sesenta y tres (63) familias beneficiarias.
Que obra Solicitud de Pedido N° 3-4000-238, por la suma de Pesos Diez Millones Ciento Veintidós Mil Ochocientos Veintiuno con 28/100 centavos ($ 10.122.821,28.-).
Que la Dirección de Compras toma conocimiento e informa la urgente necesidad de la adquisición de doscientas sesenta (260) chapas para sesenta y tres (63) familias de la Ciudad. Asimismo, sugiere que la compra se realice en virtud de la Ordenanza N° 7601 que declara la Emergencia Climática en el Partido de Campana, estimando como fecha de apertura el día veinticinco (25) de marzo de 2024 a las 12.00 hs.
Que luce Registro de Invitados a Cotizar.
Que la Dirección de Presupuesto Municipal ratifica la imputación presupuestaria para la erogación que se pretende realizar, mencionando que el crédito presupuestario resulta insuficiente para la erogación que se pretende realizar, pero la misma podrá llevarse a cabo de acuerdo a lo establecido por la Ordenanza de Presupuesto vigente en sus artículos N° 8 y N° 9.
Que luce Solicitud de Gasto N° 0-1455, por la suma de Pesos Diez Millones Ciento Veintidós Mil Ochocientos Veintiuno con 28/100 centavos ($ 10.122.821,28.-).
Que la Contaduría Municipal toma conocimiento e informa que no tendrá objeciones contables que formular una vez transferido el crédito presupuestario a las categorías programáticas mencionadas por la Dirección de Presupuesto Municipal, de acuerdo a lo establecido por la Ordenanza de Presupuesto vigente.
Que la Secretaría de Economía y Hacienda, toma conocimiento e informa que el crédito presupuestario al día de la fecha resulta insuficiente para la erogación que se pretende realizar, pero la misma podrá llevarse a cabo de acuerdo a lo establecido por la Ordenanza de Presupuesto vigente en sus artículos N° 8 y N° 9.
Que lucen adjuntas la documentación y oferta de las siguientes empresas: MARCHAN ISABEL FRANCISCA (DISTRINORTE CAMPANA); COMERCIAL CMP S.A.; y HERRERA MIGUEL ANGEL MARIO (FERRETERÍA EL CANDADO).
Que obra Acta de Apertura, de fecha veinticinco (25) de marzo de 2024, donde se informan las propuestas presentadas: Oferta 1 – Marchan Isabel Francisca (Distrinorte Campana) cotiza la suma total de $ 10.660.000,00.- Oferta 2 – Comercial CMP S.A. cotiza la suma total de $ 10.122.821,28.- Oferta 3 – Herrera Miguel Ángel Mario (Ferretería El Candado) cotiza la suma total de $ 11.050.000,00.-
Que obra Cuadro Comparativo de Ofertas realizado por la Dirección de Compras.
Que la Dirección de Compras observa que los valores cotizados por los proveedores son los vigentes en el mercado a la fecha de la presente compulsa de precios, y que dos (2) de las tres (3) propuestas presentadas, superan el valor consignado en el Presupuesto Oficial.
Que luce Informe Técnico de la Subsecretaría de Desarrollo Social manifestando que, analizadas las distintas alternativas y cotizaciones, surge que la oferta presentada por la firma Comercial CMP S.A. resulta conveniente por ser la más económica y ofrecer las mejores condiciones.
Que interviene la Dirección de Compras, donde visto el informe de la Subdirección de Desarrollo Social donde manifiesta que la propuesta más conveniente y oportuna para la presente compra está dado por la empresa Comercial CMP S.A., adjudica la compra de 260 chapas galvanizadas acanaladas de 0.41 mm de espesor y calibre 27, a la empresa Comercial CMP S.A. (C.U.I.T N° 33-63065921-9) por la suma total de Pesos Diez Millones Ciento Veintidós Mil Ochocientos Veintiuno con 28/100 centavos ($ 10.122.821,28), incluido el Impuesto al Valor Agregado (I.V.A).
Que interviene la Jefatura de Gabinete, otorgando continuidad a las actuaciones.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos, Administrativos, Legislativos y Empleo Público interviene y obra dictamen.
Que resulta necesario proceder al dictado del pertinente acto administrativo.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones otorgadas por el artículo 108º del Decreto Ley 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.), asimismo se dicta en los términos de la Ordenanza Nº 6613, promulgada por el Decreto Nº 537/17, dentro de lo contemplado en el artículo Nº 1 de la Resolución Conjunta Nº 008/2018 de la Secretaría Técnica, Administrativa y Legal y la Secretaría de Modernización (t.v.).
Que la refrenda del presente acto administrativo debe efectuarse conforme a lo dispuesto en el Decreto N° 184/2022 (t.v).
Por ello,
EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL DE CAMPANA, DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Adjudícase la presente Compra Directa a la firma Comercial CMP S.A. (C.U.I.T N° 3363065921-9) para la adquisición de doscientas sesenta (260) chapas galvanizadas acanaladas de 0.41 mm de espesor y calibre 27 en el marco de la “Emergencia Habitacional – Catástrofe Climática” por la suma total de Pesos Diez Millones Ciento Veintidós Mil Ochocientos Veintiuno con 28/100 centavos ($ 10.122.821,28.-) incluido el Impuesto al Valor Agregado (I.V.A), en virtud de la Emergencia Climática declarada mediante Ordenanza N° 7601, conforme a toda documentación obrante en el Expediente Municipal Nº 4016-59762024.-
ARTÍCULO 2º.- Establécese que los fondos necesarios para el pago de lo dispuesto en el artículo anterior se tomarán de Jurisdicción 1110112000 “Secretaría de Gabinete”, Categoría Programática 20.03.00 “Emergencia Habitacional”, Fuente de Financiamiento 110 “Tesoro Municipal”, Partida Presupuestaria 5.1.4.0 “Ayudas Sociales a Personas”, del Presupuesto General de Gastos para el año 2024.-
ARTÍCULO 3º.- Refréndase el presente Decreto por la Señora Secretaria Técnica Administrativa y Legal Interina, el Señor Secretario de Economía y Hacienda y el Señor Jefe de Gabinete.-
ARTÍCULO 4º.- Regístrese; comuníquese; notifíquese; y archívese.-