Boletines/Campana
Decreto Nº 131/24
Campana, 04/03/2024
Expediente Municipal N° 4016-12258-2014 Cese Chamorro Julio Ruben.
Visto
El Decreto Ley 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.); La Ley Provincial N° 14.656, el Convenio de “la Convención Colectiva de Trabajadores Municipales” y su similar modificatoria, suscriptas el 30 de octubre de 2015 y el 17 de noviembre del mismo año respectivamente, en el marco previsto por dicha Ley y convalidados por Ordenanza N° 6412/2015, la Ordenanza Nº 6613 promulgada por el Decreto Nº 537/17, la Resolución Conjunta Nº 008/2018 (t.v.) de la Secretaría Técnica, Administrativa y Legal y la Secretaría de Modernización, los Decretos N° 184/2022 (t.v), N° 0007BIS/2024 y el Expediente Municipal N° 12258-0-2014; y
Considerando
Que mediante CD N° 22246231 4 con fecha 27 de diciembre de 2023 la Dirección General de Recursos Humanos intima al Sr. Julio Ruben CHAMORRO a que se presente en dicha oficina al día hábil subsiguiente de recibida la notificación.
Que con fecha 10 de enero de 2024 el correo argentino indica que la misma no fue entregada con motivo: PLAZO VENCIDO/NO RECLAMADO.
Que se envía nueva CD N° 22246240 2 intimando al Sr. CHAMORRO a retomar su puesto de trabajo dentro del término de cuarenta y ocho (48) horas hábiles subsiguientes a su notificación, bajo apercibimiento de proceder a decretar su cesantía.
Que con fecha 17 de enero de 2024 el correo argentino indica que la misma no fue entregada con motivo: PLAZO VENCIDO/NO RECLAMADO.
Que cumplido con la intimación cursada al trabajador CHAMORRO la Dirección General de Recursos Humanos informa que éste no se ha reintegrado a sus tareas en los plazos señalados, por lo que entiende que corresponde proceder al dictado del correspondiente acto administrativo, decretando la cesantía a partir del 22 de enero del año en curso por la causal de abandono de trabajo, conforme a lo dispuesto por el artículo 90 del Convenio Colectivo de Trabajadores Municipales.
Qué asimismo informa que, el Sr. CHAMORRO revistaba en la Planta Permanente de Personal, como Servicio VI (Sereno) – Clase VI – Agrupamiento Personal de Servicio, con 48 horas semanales de labor, dependiente del Departamento Corralón Sur, Dirección General de Servicios Públicos, Subsecretaría de Espacios Públicos y Servicios, Secretaría de Espacio Público y Descentralización, Jefatura de Gabinete.
Que, en función de ello, corresponde dictar el pertinente acto administrativo, afectando presupuestariamente la erogación.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos, Administrativos, Legislativos y Empleo Público interviene y obra dictamen
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones otorgadas por el artículo 108º del Decreto Ley 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v), asimismo, se dicta en los términos de la Ordenanza Nº 6613, promulgada por el Decreto Nº 537/17, y dentro de lo contemplado en el artículo Nº 1 de la Resolución Conjunta Nº 8/2018 (t.v.) de la Secretaría Técnica, Administrativa y Legal y la Secretaría de Modernización.
Que la refrenda del presente acto administrativo se debe realizar en virtud de lo establecido en los Decretos N° 184/2022 (tv.) y N° 0007BIS/2024.
Por ello,
EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL DE CAMPANA, DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Déjase cesante por abandono de cargo, al Sr. Julio Ruben CHAMORRO (D.N.I. 21.681.772 - Clase – 1970), legajo personal N° 4317, quien revistaba en la Planta Permanente de Personal, como Servicio VI (Sereno) – Clase VI – Agrupamiento Personal de Servicio, con 48 horas semanales de labor, dependiente del Departamento Corralón Sur, Dirección General de Servicios Públicos, Subsecretaría de Espacios Públicos y Servicios, Secretaría de Espacio Público y Descentralización, Jefatura de Gabinete, con retroactividad al 22 de enero de 2024, en virtud de lo establecido en el artículo 90 del Convenio Colectivo de Trabajadores Municipales, por las razones expuestas en los Considerandos del presente acto administrativo.-
ARTÍCULO 2°.- Dispónese que la diligencia de notificación al Sr. Julio Ruben CHAMORRO se efectuará por intermedio de la Dirección General de Recursos Humanos, con carácter de urgente despacho.-
ARTÍCULO 3º.- Refréndase el presente Decreto por la Señora Secretaria Técnica, Administrativa y Legal Interina, la Secretaría de Economía y Hacienda y el Señor Jefe de Gabinete.
ARTÍCULO 4º.- Regístrese; comuníquese; notifíquese; y archívese.-