Boletines/Balcarce

Ordenanza Nº105/24

Ordenanza Nº 105/24

Balcarce, 27/06/2024

VISTO:

El Decreto N° 1660 de fecha 17 de mayo de 2024, y,

CONSIDERANDO:

Que entre la Municipalidad de Balcarce y la Cooperativa Agropecuaria de Tandil Ltda., Matricula N° 1009, representada por el Sr. Daniel Héctor Álvarez, DNI N° 13.270.456, apoderado mediante Poder General de Administración, otorgado por Escritura N° 222 pasada por ante la Notaria Adscripta al Registro N° 4 del Partido de Tandil, Sra. Marcela Lorea, celebraron un contrato de comodato mediante el cual la Cooperativa Agropecuaria otorgó en comodato a la Municipalidad el inmueble identificado catastralmente como: Circunscripción 8, Sección A, Manzana 16, Parcela 1ª, Partida Inmobiliaria N° 008-010539, sito en la localidad de Napaleofú.-

Que el comodato se otorgó por el plazo de doce (12) meses, desde el 01 de mayo de 2024 al 30 de abril de 2025, inclusive.-

Que las partes convinieron que el inmueble dado en comodato solo podrá destinarse a ser playón de estacionamiento de camiones.-

Que fue aprobado mediante Decreto N° 1660 de fecha 17 de mayo de 2024.-

POR ELLO:

El Honorable Concejo Deliberante del Partido Balcarce, en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

ARTÍCULO 1.- Convalídase, lo actuado por el Departamento Ejecutivo mediante Decreto N° 1660 de fecha 17 de mayo de 2024.-

ARTÍCULO 2.- Cúmplase, comuníquese, regístrese, publíquese.-

DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, en Sesión Ordinaria, a los veintisiete días del mes de junio de dos mil veinticuatro. FIRMADO: Agustín Cassini -  PRESIDENTE – Mercedes Palmadés – SECRETARIA.-