Boletines/Balcarce
Ordenanza Nº 105/24
Balcarce, 27/06/2024
VISTO:
El Decreto N° 1660 de fecha 17 de mayo de 2024, y,
CONSIDERANDO:
Que entre la Municipalidad de Balcarce y la Cooperativa Agropecuaria de Tandil Ltda., Matricula N° 1009, representada por el Sr. Daniel Héctor Álvarez, DNI N° 13.270.456, apoderado mediante Poder General de Administración, otorgado por Escritura N° 222 pasada por ante la Notaria Adscripta al Registro N° 4 del Partido de Tandil, Sra. Marcela Lorea, celebraron un contrato de comodato mediante el cual la Cooperativa Agropecuaria otorgó en comodato a la Municipalidad el inmueble identificado catastralmente como: Circunscripción 8, Sección A, Manzana 16, Parcela 1ª, Partida Inmobiliaria N° 008-010539, sito en la localidad de Napaleofú.-
Que el comodato se otorgó por el plazo de doce (12) meses, desde el 01 de mayo de 2024 al 30 de abril de 2025, inclusive.-
Que las partes convinieron que el inmueble dado en comodato solo podrá destinarse a ser playón de estacionamiento de camiones.-
Que fue aprobado mediante Decreto N° 1660 de fecha 17 de mayo de 2024.-
POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante del Partido Balcarce, en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
ARTÍCULO 1.- Convalídase, lo actuado por el Departamento Ejecutivo mediante Decreto N° 1660 de fecha 17 de mayo de 2024.-
ARTÍCULO 2.- Cúmplase, comuníquese, regístrese, publíquese.-
DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, en Sesión Ordinaria, a los veintisiete días del mes de junio de dos mil veinticuatro. FIRMADO: Agustín Cassini - PRESIDENTE – Mercedes Palmadés – SECRETARIA.-