Boletines/Adolfo Alsina

Resolución Nº006/24

Resolución Nº 006/24

Adolfo Alsina, 12/04/2024

Visto

Las declaraciones del Sr. Presidente de la Nación Javier Milei y del Sr. Diputado Nacional José Luis Espert, incitando a la rebelión fiscal en la Provincia de Buenos Aires. Y;

Considerando

Que el pasado 16 de marzo del corriente año el Sr. Diputado Nacional José Luis Espert realizo las siguientes declaraciones en el medio radial Radio Mitre junto al periodista Marcelo Bonelli: “El aumento de patentes, el aumento de inmobiliario residencial y el aumento de inmobiliario rural no hay que pagarlo. No hay que pagarlo. Y eso no es rebelión fiscal al pedo, es rebelión fiscal con sentido común. Los bonaerenses no tienen que pagar el aumento impositivo. No hay que pagar los impuestos que ahora quiere Kicillof, porque no nos da nada. Yo no los voy a pagar. Ni inmobiliario ni rural, porque también soy producto rural”.-

Que sorpresivamente el Sr. Presidente de la Nación Javier Milei también realizó declaraciones en otro programa del mismo medio radial donde justifica la actitud del Sr. Diputado de la Nación José Espert: “El aumento de impuestos es una violación a la propiedad. Es expropiatorio. Espert manifiesta que hay un abuso para cobrar impuestos y que después no hay una contrapartida para bienes públicos. El punto que hace, es que es confiscatorio, inhibe la producción y no tenés de contrapartida a bienes públicos. Es un robo descarado”, indicó el Presidente al respecto durante la entrevista con Radio Mitre. No sé [si la gente se anima], pero el planteo de Espert es válido”.-

Que la Constitución de la Provincia de Buenos Aires dispone que corresponde al Poder Legislativo establecer los impuestos y contribuciones necesarios para el normal funcionamiento del Estado. En consecuencia, como cada año, el 28/12/2023 la Legislatura de la Provincia de Buenos Aires aprobó por amplia mayoría (Bloque Unión por la Patria, PRO, la Coalición Cívica, parte de la UCR e incluso un sector de la Libertad Avanza) la Ley Impositiva 2024 (N°15.479), que es la norma que estableció las pautas de emisión de los impuestos patrimoniales: inmobiliario urbano, edificado y baldío; inmobiliario rural; automotores y embarcaciones con aumentos que van del 140% al 200% como tope. El Poder Legislativo establece las pautas y el Poder Ejecutivo las aplica.-

Que en relación al Impuesto Inmobiliario Rural, la Ley Impositiva estableció en su Artículo 10° una escala de topes (progresivos) para definir los incrementos a emitir este año en relación al año pasado. Según el valor de la base imponible sobre la que paga el impuesto cada propiedad, se definieron topes de: 140% (112.117 partidas; 37,28% del total), 180% (46432 partidas; 15,44%), 190% (60.874 partidas; 20,24%) y 200% (79.162 partidas; 26,32%), quedando por fuera de esos topes aquellas propiedades con una base imponible superior a $198.940.000 para el valor de las tierras.-

Que en la Provincia de Buenos Aires existen 300.723 partidas rurales, y solo 2.138, un 0,71% del total, tienen una valuación superior a los $198.940.000 de base imponible, que guarda una relación con los precios de mercado de 1 a 20, en promedio. Es para ese reducido y exclusivo grupo de partidas, con un valor de mercado superior a los USD 3.000.000, que la Ley Impositiva estableció que no aplicaría ningún tope.-

Que como es de público conocimiento, en febrero se registró una inflación mensual de 13,2%, ubicándose la inflación interanual en +276,2%. Esto quiere decir que más del 99% de los propietarios rurales recibió este año incrementos por debajo de la inflación en su Impuesto Inmobiliario Rural.-

Que la Provincia de Buenos Aires tiene un reclamo histórico por la Coparticipación Federal, siendo de los Distritos más perjudicados aportando el 38 % de la masa coparticipable y recibiendo solo el 22 % de los recursos del mismo.-

Que hoy la política presupuestaria de la Provincia de Buenos Aires se encuentra condicionada por la sustracción de un punto de coparticipación (a partir de la eliminación del Fondo de Fortalecimiento Fiscal), la supresión del Fondo de Incentivo Docente (FONID) y del Fondo Compensador del Transporte.-

Que este llamado a la "rebelión fiscal" se da en un marco de coyuntura económica compleja con una fuerte caída de la actividad económica, aumento de la desocupación y de la pobreza lo que va a resentir aún más las arcas de la Provincia de Buenos Aires y de los 135 Municipios que la componen. Por ello:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE ADOLFO ALSINA, EN USO DE SUS FACULTADES LEGALES, APRUEBA LA SIGUIENTE: RESOLUCIÓN

Artículo 1º.- El Honorable Concejo Deliberante de Adolfo Alsina expresa su profunda preocupación por los dichos del Sr. Presidente de la Nación Javier Milei y del Sr. Diputado Nacional José Luis Espert llamando a un acto de "rebelión fiscal" contra la Provincia de Buenos Aires.-

Artículo 2°.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo.-

DADA Y SELLADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE ADOLFO ALSINA, EN SESIÓN ORDINARIA, A LOS NUEVE DÍAS DEL MES DE ABRIL DE DOS MIL VEINTICUATRO.-

Fdo.: “Stella Maris STEVSSEL – Secretaria Legislativa H.C.D. Adolfo Alsina, Ana Clara URIBE ECHEVARRÍA – Presidente H.C.D. Adolfo Alsina”