Boletines/Coronel Pringles
Decreto Nº 0678/24
Coronel Pringles, 02/05/2024
Visto
el Expediente N° 0968/24 caratulado “IPHAIS SILVIO REF. S/ INVESTIGACIÓN”; y
Considerando
Que conforme las respuestas recibidas referentes al inmueble ubicado en la Planta de Tratamientos de Efluentes Cloacales identificado Catastralmente como Circunscripción XIV, Secc. D, Chacra 322, Parcela 2;
Que el inmueble habitacional se encuentra ocupado en forma permanente por el agente municipal Gómez Daniel, Legajo N° 930, quien habita la casa desde hace tiempo;
Que no existe acto administrativo que autorice dicha permanencia;
Que asimismo se acredita en el presente, que el agente Gómez Daniel reviste la Categoría de Jefe de Área con régimen de 48 horas, con un sueldo neto de $630.712,42, el mismo vive solo y sin familiares a cargo;
Que el inmueble en cuestión podría ser utilizado por este Municipio con distintas finalidades, dejando de alquilar alguna de las casas que arrienda, lo que redundaría en un beneficio económico para la comuna en el contexto de crisis y emergencia económica actual;
Que por otro lado, el agente no posee ni ha adquirido ningún derecho sobre la vivienda, y cuenta con la capacidad económica necesaria para abonar un alquiler en forma particular, máxime vive solo y sin familiares a cargo;
Que no existe razón alguna para que un agente municipal, que ha usufructuado desde hace mucho tiempo un inmueble sin abonar nada a cambio, y no muestra insuficiencia alguna que exija mantenerlo en el lugar, deba conservar la residencia de forma indeterminada, cuando no puede acreditar necesidad, y principalmente cuando el Municipio sufre necesidades habitacionales, que pueden ser cubiertas, al menos en parte, con la propiedad en cuestión;
Que a fs. 05 la Asesoría Legal expresa que corresponde solicitar al agente municipal Gómez Daniel, Legajo N° 930, el desalojo del inmueble ubicado en la Planta de Tratamientos de Efluentes Cloacales, identificado Catastralmente como Circunscripción XIV, Secc. D, Chacra 322, Parcela 2, en un plazo de treinta (30) días, todo bajo apercibimiento de incoar acción de desalojo, conjuntamente con el sumario administrativo por la indisciplina que corresponda al incumplimiento;
Por ello; en uso de las facultades que le son propias;
EL INTENDENTE MUNICIPAL
D E C R E T A
ARTICULO 1º: Intimase al agente municipal GOMEZ Daniel, Legajo N° 930, a desalojar el inmueble ubicado en la Planta de Tratamientos de Efluentes Cloacales, identificado Catastralmente como Circunscripción XIV, Secc. D, Chacra 322, Parcela 2, en el plazo de treinta (30) días, bajo apercibimiento de incoar acción de desalojo, conjuntamente con el sumario administrativo por la indisciplina que corresponda al incumplimiento.
ARTICULO 2°: Cúmplase, comuníquese, publíquese, dése al R.O. y archívese.
REGISTRADO BAJO EL N° 0678/24.