Boletines/Coronel Pringles
Decreto Nº 0532/24
Coronel Pringles, 08/04/2024
Visto
el Expediente N° 0705/24, iniciado por el Secretario de Salud, Dr. González Estevarena Luis; y
Considerando
Que por el mismo solicita se instrumente el Llamado a Concurso Abierto para cubrir el cargo de “Médico para prestación de Guardias para el Servicio de Clínica Médica” en el Hospital Municipal “Dr. Manuel B. Cabrera”;
Que el profesional designado será el responsable directo de la realización de servicios de guardia pasiva para el Servicio de Clínica Médica en dicho nosocomio;
Que la presente solicitud se efectúa en virtud de la urgente necesidad de poder seguir cubriendo adecuadamente dicho Servicio, para brindar una atención con la mejor calidad posible;
Que las prácticas serán exclusivas para los pacientes atendidos en el Hospital Municipal “Dr. Manuel B. Cabrera”; la realización del trabajo específico será en instalaciones de la citada Institución sanitaria, pudiendo mutar el área de trabajo dentro del mismo Servicio de Clínica Médica según la organización y necesidades del mismo;
Que los servicios de guardias se atenderán a los parámetros horarios dispuestos por el Artículo 25º de la Ordenanza Municipal Nº 4.507/18;
Que el profesional designado deberá prestar sus servicios para las guardias pasivas asignadas por el Jefe del Servicio, recibiendo una remuneración correspondiente con los valores establecidos de las guardias pasivas y de acuerdo a la certificación del área;
Que deberá velar por brindar un servicio de calidad, resguardando la indemnidad del paciente y con una atención centrada en el mismo;
Que deberá presentar la siguiente documentación:
Que el Jurado estará constituido por un representante de: la Secretaría de Salud, de la Asociación de Profesionales y Técnicos del Hospital Municipal, un representante del Colegio de Médicos y del COTA (artículo 18º Ordenanza 4.507/18);
Que el presente se trata de un Llamado a Concurso para el ingreso al escalafón de la Carrera Profesional Hospitalaria (artículos 16º y 21º de la Ordenanza Nº 4.507/18) incluyendo los cuatro estamentos, teniendo en especial consideración la antigüedad, antecedentes y oposición, para cubrir un cargo nuevo mediante la asignación de tareas específicas al área, por el período de cuatro años con posibilidad de renovación y/o modificación de las condiciones de contratación;
Que para la determinación del Profesional a quien se le asigne el cargo se tendrán en cuenta los siguientes conceptos: antigüedad del título, antecedentes laborales y de capacitación, examen de oposición y propuesta de trabajo, así como no estar comprendido en las incompatibilidades que dispone la Ordenanza de referencia en sus Artículos 6º, 7º y 23º, y en función del reglamento de concursos dispuestos por el COTA;
Que se fijan los días 11 y 12 de abril de 2024 como fecha de publicación del Llamado a Concurso Abierto, objeto de las presentes actuaciones;
Que las inscripciones para los profesionales interesados se habilitarán desde el día
15 al 19 de abril de 2024 inclusive, debiendo presentar la documentación correspondiente en la Dirección del Hospital Municipal, Avenida 25 de Mayo Nº 1650, en el horario de 8.00 a 12.00 horas;
Que la fecha de exámenes será el 24 de abril de 2024, fijándose como fecha de eventuales impugnaciones los días 29 y 30 de abril de 2024;
Que el resultado definitivo será comunicado el día 3 de mayo de 2024;
Por ello en uso de las facultades que le son propias;
EL INTENDENTE MUNICIPAL
D E C R E T A
ARTICULO 1°: Llámese a Concurso Abierto para cubrir para cubrir el cargo de “MÉDICO PARA PRESTACIÓN DE GUARDIAS PARA EL SERVICIO DE CLÍNICA MÉDICA” en el Hospital Municipal “Dr. Manuel B. Cabrera”, cuyos interesados deberán presentar:
ARTICULO 2°: El presente se trata de un Llamado a Concurso para el ingreso al escalafón de la Carrera Profesional Hospitalaria (artículos 16º y 21º de la Ordenanza Nº 4.507/18) incluyendo los cuatro estamentos, teniendo en especial consideración la antigüedad, antecedentes y oposición, para cubrir un cargo nuevo mediante la asignación de tareas específicas al área, por el período de cuatro años con posibilidad de renovación y/o modificación de las condiciones de contratación.
ARTICULO 3°: Las prácticas serán exclusivas para los pacientes atendidos en el Hospital Municipal “Dr. Manuel B. Cabrera”; la realización del trabajo específico será en instalaciones de la citada Institución sanitaria, pudiendo mutar el área de trabajo dentro del mismo Servicio de Clínica Médica según la organización y necesidades del mismo
ARTICULO 4°: Para la determinación del Profesional a quien se le asigne el cargo se tendrán en cuenta los siguientes conceptos: antigüedad del título, antecedentes laborales y de capacitación, examen de oposición y propuesta de trabajo, así como no estar comprendido en las incompatibilidades que dispone la Ordenanza de referencia en sus Artículos 6º, 7º y 23º, y en función del reglamento de concursos dispuestos por el COTA.
ARTICULO 5°: El profesional designado deberá prestar sus servicios en el Servicio de Guardias Medicas para la realización de guardias pasivas asignadas por el Jefe del Servicio, recibiendo una remuneración correspondiente con los valores establecido para dichas guardias y de acuerdo a la certificación del área.
ARTICULO 6°: El Jurado estará constituido por un representante de: la Secretaría de Salud, de la Asociación de Profesionales y Técnicos de la Salud del Hospital Municipal, del Colegio de Médico y del COTA (artículo 18º Ordenanza 4.507/18).
ARTICULO 7°: Fíjense las siguientes fechas para dar cumplimiento a lo expuesto:
-Publicación en medios de difusión: 11 y 12 de abril de 2024;
-Inscripciones en la Dirección del Hospital Municipal “Dr. Manuel B. Cabrera”, Avenida 25 de Mayo N° 1.650 de 08.00 a 12.00 horas: desde el 15 al 19 de abril de 2024 inclusive;
-Fecha de exámenes: 24 de abril de 2024;
-Período de impugnaciones: 29 y 30 de abril de 2024;
-Comunicación definitiva del resultado: 3 de mayo de 2024.
ARTICULO 8°: Autorícese a la Contaduría Municipal a atender los gastos de publicidad mencionados en el Artículo anterior, imputándose los mismos en la cuenta pertinente.
ARTICULO 9°: Los gastos que demande lo dispuesto en el presente se atenderán por Jurisdicción 1110122000 “Secretaría de Salud” – Categoría Programática 18.00.00. “Unidades con Internación”, Partida 3.4.2.0. “Médicos y Sanitarios” – Fuente de Financiamiento 110 “Tesoro Municipal”.
ARTICULO 10°: Cúmplase, comuníquese, publíquese, dése al R.O. y archívese.
REGISTRADO BAJO EL N° 0532/24.