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Decreto Nº1887/2024

Decreto Nº 1887/2024

Quilmes, 19/06/2024

Visto

el expediente 4091-6624-S-2024 iniciado por  la Secretaria  de Hacienda, en virtud de la necesidad de actualizar alícuotas, mínimos e importes fijos correspondientes a la tasa de Servicios Urbanos Municipales y sus Contribuciones Asociadas; de conformidad con lo previsto en el artículo 344 del Código Tributario Municipal; y

 

Considerando

Que, esta gestión municipal se encuentra realizando una  mejora sustancial en la prestación de servicios hacia la comunidad quilmeña, tales como recambio y extensión de la red de alumbrado público, ampliación de la flota vehicular afectada a la recolección de residuos y al mantenimiento de los espacios públicos, limpieza de arroyos, pavimentación de calles y creación de nuevos espacios verdes como así también la puesta en valor de los ya existentes.  A dichas acciones, se le suman las numerosas refacciones edilicias realizadas sobre clubes de barrios, centros culturales, educativos y de salud del distrito, multiplicándose al mismo tiempo las herramientas a disposición de la gestión de la seguridad pública;

Que, ante la falta de fondos nacionales se continúan prestando los servicios a la Comunidad, razón por la cual el Municipio necesita contar con los recursos necesarios para su cumplimiento.

Que, la presente medida recepta el principio de suficiencia en materia presupuestaria el cual reconoce a cada nivel de gobierno los recursos financieros necesarios "para sostener los gastos públicos ligados a las funciones jurídicas que el propio orden jurídico Je impone a aquel órgano o unidad política" (Horacio Corti, Derecho Constitucional Presupuestario, p. 97, Abeledo-Perrot, 2da. Edición, 2011) y resulta coincidente con la doctrina emanada por nuestro Cimero Tribunal en relación al monto de las tasas municipales, para cuyo cálculo puede tenerse en cuenta no solo el costo efectivo de los servicios brindados o puestos a disposición de cada contribuyente, "sino también la capacidad contributiva de los mismos representada por el valor del inmueble  o el de su renta"  (Fallos: "Banco  de la Nación Argentina el Municipalidad de  San  Rafael  de  Mendoza"  "Esso Petrolera Argentina S.R.L. y otro el Municipalidad de Qui/mes)";

Que, el artículo 344 del Código Tributario vigente, faculta al Departamento Ejecutivo a incrementar las tasas, derechos, contribuciones  y demás tributos contemplados hasta el máximo indicado en el Indice de precios al consumidor Región GBA (IPC-GBA), establecidos por el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INDEC) u organismo técnico que lo reemplace.;

Que, dicho instrumento resulta admitido en la doctrina del Honorable Tribunal de Cuentas en cuanto a que; "se estima que resultaría conveniente admitir, en la medida que ello resulte razonable, la  aplicación  de métodos que permitan, sin afectar los derechos de los contribuyentes, mantener incólume un equilibrio económico  entre  la  prestación  que  debe  afrontar  el municipio y Jo que el  contribuyente  deba  abonar  en concepto  de tasa." resultando (. ..) atinado y prudente fijar Topes Máximos en % para los incrementos de  las gabelas, los que superados requieran  periódicamente.la  nueva  intervención  de dicha Asamblea. (H.T.C. Consulta por Expte. Nº 5300-783-2017-0-1, Municipalidad de Brandsen 21/11/2017);

Que, por razones de oportunidad, mérito y conveniencia, y por los fundamentos expuestos, resulta razonable hacer uso de la facultad otorgada por el artículo 344 del Código Tributario vigente; y

Por todo lo expuesto;

LA INTENDENTA MUNICIPAL

DECRETA:

ARTÍCULO : FÍJESE, a partir del 1º de Julio del período fiscal 2024, la actualización en un veinte por ciento (20%) de los importes mínimos, topes y alícuotas previstos en los artículos 268, 269, 270, 272 (Alumbrado Público), del Código Tributario vigente, para el cálculo de la Tasa por Servicios Urbanos Municipales y sus Contribuciones Asociadas artículos 334, 335 y 336.

ARTÍCULO 2º: DISPÓNESE que el presente Decreto será refrendado por el Sr. Jefe de Gabinete.

ARTÍCULO 3°: COMUNÍQUESE a quienes corresponda, dése al  Registro General y ARCHIVESE.-

          Alejandro E. Gandulfo                                           Mayra S. Mendoza                                        

             Jefe de Gabinete                                                     Intendenta                                                       

Municipalidad de Quilmes                                Municipalidad de Quilmes   

Maria Eva Stolzing Ugarte

Secretaria de Hacienda

Municipalidad de Quilmes

Claudio H. Carbone

Secretario Legal y Técnico

Municipalidad de Quilmes

DECRETO 1887/2024