Boletines/General Lavalle

Decreto Nº421

Decreto Nº 421

General Lavalle, 13/06/2024

Visto

La solicitud de permiso de Amarre y Uso de Banquina en el Puerto de General Lavalle, para la embarcación pesquera OMEGA 3, Matrícula Nº01391, requerido por BODI S.A, CUIT Nº30-63598188-8, mediante Expediente Administrativo Nº4045-4930/2024.

Considerando

Que de acuerdo a la documentación presentada y al informe de la jefatura de División Puerto de fecha 03 de Abril, donde solicita el otorgamiento de permiso favorable por lo que no existen inconvenientes para acceder al mismo, en virtud que lo requerido y la documentación presentada se encuadra dentro de las normas vigentes.

 

            Que, asimismo obra a fs. 20 dictamen de la Asociación Civil Cámara de Propietarios y Armadores de General Lavalle (art. 9 ordenanza 2207/2018), favorable a la petición cursada por la firma Bodi S.A. en referencia a la embarcación Omega 3.

 

            Que, por último y de conformidad con lo dispuesto por los arts. 1 y 2 de la ordenanza 2207/2018, es procedente el pedido.

EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES

 

DECRETA

ARTÍCULO 1º: Otorgase Permiso para el Derecho de Amarre y Uso de Banquina, conforme al Artículo Nº26 de la Ordenanza Impositiva Anual vigente para el 2024 (2670/2023), de General Lavalle, con carácter de ASIENTO TRANSITORIO, por el año 2024, a la embarcación pesquera OMEGA 3, Matrícula Nº01391, propiedad BODI S.A, CUIT Nº30-63598188-8, con domicilio en calle Castelli Nº2581 1º piso MAR DEL PLATA, debiendo abonar en tiempo y forma los derechos que correspondan según la Ordenanza Fiscal e Impositiva vigentes.-

 

ARTÍCULO  2º: El lugar de amarre en el Puerto de General Lavalle será indicado por la Jefatura División Puerto oportunamente, pudiendo esta  modificar el mismo por cuestiones de actividad y orden.-

 

ARTÍCULO 3º: Queda debidamente establecido que el presente permiso de amarre entre otras restricciones no implica: a) habilitaciones de pesca, b) uso de banquina para el manipuleo de la producción relacionada con la actividad pesquera.-

 

ARTÍCULO 4º: El otorgamiento para el Derecho Anual del Permiso de Amarre y Uso de Banquina implica  para el beneficiario el conocimiento y consentimiento de la vigencia y cumplimiento de las Ordenanzas Nº 2207/2018, 2659/2023 y 2670/2023.-

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

ARTÍCULO  5: El presente decreto será refrendado por la Sra. Secretaria Legal y Técnica.-

ARTÍCULO 6°: Cúmplase, comuníquese a quién corresponda y dese al Registro  Municipal.-

 

 

 

 

 

 

 

          ISABEL DOLORES RAJOY                                                                          NAHUEL ALFREDO GUARDIA

    SECRETARIA LEGAL Y TECNICA                                                                       INTENDENTE MUNICIPAL

 

DECRETO  MUNICIPAL Nº                     / 2024.-