Boletines/Chascomús

Decreto Nº522/24

Decreto Nº 522/24

Chascomús, 12/06/2024

SUBSIDIO

Visto

El Expediente Administrativo GDE EX-2024-00021654-CHASCOMUS-MESA#SG, caratulado “Solicitud de Subsidio”; y

Considerando

Que al orden 11, la Secretaria de Salud Pública manifiesta “se da curso a la solicitud de subsidio para gastos de salud solicitado desde el Hospital Municipal “San Vicente de Paúl”.

Que al orden 12, el Secretario de Hacienda expresa “Sin objeciones que realizar se remiten las presentes a la DAL para la elaboración del Acto Administrativo, debiendo considerarse que la ayuda económica solicitada ($ 336.000) será administrada por la Dirección del Hospital Municipal “San Vicente de Paúl”, según surge de las actuaciones.”

Que atento a la situación de vulnerabilidad de la peticionante y su grupo familiar que se encuentra acreditada con los antecedentes obrantes en los actuados, la Dirección de Asuntos Legales ha dictaminado que resulta adecuado al cumplimiento de los fines del Estado el otorgamiento de un subsidio para solventar los gastos que conlleven los viajes al Hospital de Niños de La Plata, para el tratamiento de hemodiálisis crónica del menor A.F, siendo la Administración del Hospital Municipal “San Vicente de Paúl” autorizada para realizar los pagos, por las consideraciones expuestas en el exordio.

Por ello, el Intendente Municipal que suscribe en uso de sus atribuciones

DECRETA

ARTÍCULO 1º.- Otórguese subsidio, para cubrir gastos de dos pasajes en Remis compartido, ida y vuelta, con una frecuencia de una vez a la semana, por tres meses al Hospital de Niños de La Plata, sin cargo de reintegro, de conformidad con lo expuesto en el exordio.-

ARTÍCULO 2°.- El monto total de la ayuda asciende a la suma de PESOS TRESCIENTOS TREINTA Y SEIS MIL ($ 336.000), autorizándose a la Dirección Administrativa del Hospital Municipal “San Vicente de Paúl” para realizar los pagos, con obligación de rendición de cuentas.-

ARTICULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento del presente impútese a la Jurisdicción 1110113000, Categoría Programática 37.01.00, Partida 5.1.4., Fuente 132, Fondo de Fortalecimiento de Programas Sociales (11.4.09.00).-

ARTICULO 4°.- Notifíquese en formato digital a Secretaría Privada, Secretaria de Salud Pública, Dirección Administrativa Hospital “San Vicente de Paúl”, Contaduría, Tesorería y beneficiaria en el domicilio calle 11 de Septiembre N° 131 de Chascomús.-

ARTÍCULO 5º.- El presente Decreto será refrendado por el Secretario de Hacienda (Juan Facundo Alfonsín) y la Secretaria de Salud Pública (Marcela Arias).-

ARTÍCULO 6º.- Cúmplase, publíquese, dese al Registro Municipal y archívese.-