Boletines/Chascomús

Ordenanza Nº5798/24

Ordenanza Nº 5798/24

Chascomús, 23/05/2026

VISTO:

 La necesidad de imponer nombres a varias arterias de la ciudad y dar continuación a varias calles; y

CONSIDERANDO:

Que existe en la Circ.II, Secc.B, Ch.36, Pc.4, una mensura, unificación, división y cesión de calles ley 14461 visado N°58 con fecha 31 de mayo del año 2023 donde genera un nuevo loteo.

Que se hace necesario imponer nombres a las calles para que en el corto tiempo no se obstruya la prestación de servicios básicos necesarios para el desarrollo normal de la comunidad.

Que tomando como ejes la Avenida Lastra, Avenida Hipólito Yrigoyen y la Avenida Juan Domingo Perón, todas las transversales a estas tienen que contar con su propio nombre y por ende con su pertinente numeración.

Que es necesario dar continuidad a la actual calle Obispo Enrique Angelelli dada por Ordenanza Nº3154/01, al tramo comprendido entre las calles Cabildo hacia el este hasta la calle 30 de Mayo.

Que continuando con el espíritu de otorgar nombre de Sacerdotes y/o Santos a calles de nuestra ciudad y habiendo consultado al Canciller del Obispado de Chascomús Pbro. Lisandro Ignacio Rodríguez se otorgan las siguientes designaciones: Sacerdote Carlos Mujica Echagüe, Beato Cardenal Eduardo F. Pironio, San José G. Brochero y Santa Mama Antula.

Por ello, el Honorable Concejo Deliberante de Chascomús sanciona la siguiente

ORDENANZA

ARTICULO 1º.- Impóngase con el nombre de Sacerdote Carlos Mujica Echagüe a la 1° arteria al este de la calle Saavedra que nace en la calle Arturo Jauretche hasta la calle 30 de Mayo.-

ARTICULO 2°.-  Impóngase con el nombre de Beato Cardenal Eduardo F. Pironio a la 2° arteria al este de la calle Saavedra que nace en la calle Cabildo hasta la calle Primera Junta.-

ARTICULO 3°.- Modifíquese la Ordenanza Nº3154/01, imponiendo también el nombre de Obispo Enrique Angelelli a la 3° arteria al este de la calle Saavedra del tramo comprendido entre las calles Cabildo hacia el norte hasta la calle 30 de Mayo.-

ARTICULO 4°.- Impóngase con el nombre de Obligado a la 4° arteria al este de la calle Saavedra desde la calle La Constitución hasta la calle Eloísa Luis.-

ARTICULO 5°.- Impóngase con el nombre de San José G. Brochero a la 5° arteria al este de la calle Saavedra que nace en la calle La Constitución hasta la calle 30 de Mayo.-

ARTICULO 6°.- Impóngase con el nombre de Ameghino a la 6° arteria al este de la calle Saavedra desde la calle Honduras hasta la Circ.II, Secc.B, Ch.36; Mz.36bt, Pc.8.-

ARTICULO 7°.- Impóngase con el nombre de Santa Mama Antula a la 7° arteria al este de la calle Saavedra que nace en la calle La Constitución hasta la calle 30 de Mayo.-

ARTICULO 8°.- Impóngase con el nombre de Grito de Dolores a la 8° arteria al este de la calle Saavedra desde la calle La Constitución hasta la calle 30 de Mayo.-

ARTICULO 9°.- Impóngase con el nombre de Honduras a la 1° arteria paralela al norte de la calle Nicaragua hasta la calle Cabildo.-

ARTICULO 10°.- Impóngase con el nombre de Luis Lavari a la arteria 2° paralela al norte de la calle Nicaragua desde la calle Cabildo hasta la calle 7 de Noviembre.-

ARTICULO 11°.- Impóngase con el nombre de La Constitución a la arteria 3° paralela al norte de la calle Nicaragua desde la calle Cabildo hasta la calle 7 de Noviembre.-

ARTICULO 12°.-  Impóngase con el nombre de Arturo Jauretche a la arteria 4° paralela al norte de la calle Nicaragua desde la calle Cabildo hasta la calle Eloísa Luis.-

ARTICULO 13°.- Impóngase con el nombre de El Senado a la arteria 5° paralela al norte de la calle Nicaragua desde la calle Primera Junta hasta la calle Obligado.-

ARTICULO 14°.- En croquis anexo se hace referencia a la ubicación de cada uno de los nombres propuestos.-

ARTICULO 15°.- De forma.-

 

Anexos

ANEXO

NOMBRE ARTERIA DE LA CIUDAD PLANO

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