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Decreto Nº98/24

Decreto Nº 98/24

Campana, 21/02/2024

Expediente Municipal Nº 4016-7083-8-2018 Contratación de Anestesistas.

Visto

El Decreto Ley N° 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v); La Ley Provincial N° 14.656; el Convenio de la “Convención Colectiva de Trabajadores Municipales” y su modificatorio; suscripto el 30 de octubre de 2015 y el 17 de noviembre del mismo año respectivamente en el marco previsto por dicha Ley y  convalidados por Ordenanza N° 6412/2015; Ordenanza N° 6613 promulgada por el Decreto N° 537/2017; la Resolución Conjunta N° 008/2018 de la Secretaría Técnica, Administrativa y Legal y la Secretaria de Modernización (t.v), el Decreto N° 1762/2024 del Honorable Concejo Deliberante; el Decreto N° 184/2022 (t.v) y el Expediente Municipal Nº 4016-7083-2018 Cpo 8; y

Considerando

Que mediante el Decreto DECTO-2023-3-E-MUNICAM-INT, del 4 de Enero de 2023, se aprueba la prorroga de la contratación de los servicios locados de los Médicos Anestesiólogos José Ramón Resola (DNI 17.553.807), Adrián Rey  (DNI 18.481.769), Alfio Rey (DNI 23.973.671), Manuel Omar Berdullas (DNI 25.000.298) y Ángel Osmar Romero (DNI 11.772.385); todos suscriptos en el marco de lo establecido en el artículo 45 de la Ley Provincial N° 14.656 y el artículo 27 de la Convención Colectiva de Trabajadores Municipales, y en el artículo 148 del Decreto – Ley Nº 6769/58 – Ley Orgánicas de las Municipalidades (t.v.), con retroactividad al 01 de Enero de 2023 y hasta el 31 de diciembre de 2023, para las prestaciones de anestesia en cirugías   programadas  y  de  urgencias,   prácticas  diagnósticas   o  terapéuticas,  según diagrama del mencionado servicio durante las 24 horas los 365 días del año, de acuerdo a los aranceles allí indicados.

Que mediante el Decreto DECTO-2023-390-E-MUNICAM-INT, de fecha 16 de Mayo de 2023, se aprueba la contratación del servicio locado de la médica anestesióloga Dra. María Angélica López Carrasco,  suscriptos en el marco de lo establecido en el artículo 45 de la Ley Provincial N° 14.656 y el artículo 27 de la Convención Colectiva de Trabajadores Municipales, y en el artículo 148 del Decreto – Ley Nº 6769/58 – Ley Orgánicas de las Municipalidades (t.v.), con retroactividad al 01 de Abril de 2023 y hasta el 31 de diciembre de 2023, para las prestaciones de anestesia en cirugías programadas y de urgencias, prácticas diagnósticas o terapéuticas, según diagrama del mencionado servicio durante las 24 horas los 365 días del año, de acuerdo a los aranceles allí indicados.

Que la Secretaría de Salud manifiesta su intención de contratar los servicios de anestesiología con los Dres. Resola José Ramón (DNI 17.553.807), Adrían Rey (DNI 18.481.769), Alfio Rey (DNI Nº 23.973.671), Manuel Omar Berdullas (DNI 25.000.298), Ángel Osmar Romero (DNI 11.772.385) y María Angélica Lopez Carasco (DNI 96.044.629).

Que existen circunstancias especiales y urgentes que no hacen a la actividad normal y permanente de la Administración, que demandan obras y/o actividades a cargo del Municipio, la cual torna necesaria la contratación, de personal profesional especializado y/o técnicos especializados y capacitados para nuevos métodos de trabajo y tecnologías, que desarrolle actividades de un objetivo especifico de carácter de carácter excepcional y extraordinario tendiente a la materialización de nuevos proyectos, no sujeto a regímenes horarios, disciplinario o licencias, dado que tales tareas resultan imposible de concretar con el actual personal profesional, técnico idóneo en la materia, y que no existe perjuicio al erario público demostrable para la comparación entre el costo de los contratos y los trabajos encomendados a los contratados.

Que los antecedentes de los profesionales Médicos Anestesiólogos a contratar lucen en el Expediente Municipal N° 4016-7083-2018.

Que lucen las Solicitudes Alta de Proveedor de los profesionales a contratar para el periodo 2024.

Que lucen las Solicitudes de Pedido Nº 3-2450-170; 3-2450-171; 3-2450-168; 3-2450-169; 3-2450-172; 32450-173 y 3-2450-174.

Que la Dirección de Compras toma conocimiento de las actuaciones e informa no tener objeciones.

Que la Dirección de Presupuesto Municipal ratifica la imputación presupuestaria para hacer frente a la erogación en cuestión.

Que lucen las Solicitudes de Gasto Nº 0-729; 0-728; 0-727; 0-726; 0-725; 0-724 y 0-723.

Que Contaduría Municipal toma conocimiento e informa que no posee objeciones de carácter contable al respecto.

Que la Secretaría de Economía y Hacienda manifiesta que no posee objeciones económicas ni financieras.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos, Administrativos, Legislativos y Empleo Público interviene y obra dictamen.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones otorgadas por el artículo 108 del Decreto – Ley Nº 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v), asimismo se dicta en los términos de la Ordenanza N° 6613, promulgada por el Decreto N° 537/17, dentro de lo contemplado por el artículo N° 1 de la Resolución Conjunta N° 8/2018 (t.v.) de la Secretaría Técnica, Administrativa y Legal y la Secretaría de Modernización.

Que el presente Decreto se suscribe en virtud de lo establecido en el Artículo 2 del Decreto N° 1762/2024 del Honorable Concejo Deliberante.

Que la refrenda del presente acto administrativo se debe realizar en virtud de lo establecido en el Decreto Nº 184/2022 (t.v.).

Por ello,

 EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL INTERINO DE CAMPANA, DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Apruébase la contratación de los servicios locados de los médicos Anestesiólogos Dres. ADRIÁN REY (DNI  18.481.769), ALFIO  REY (DNI   Nº 23.973.671), MANUEL OMAR BERDULLAS (DNI  25.000.298), ANGEL OSMAR ROMERO (DNI 11.772.385) y MARIA ANGELICA LOPEZ CARRASCO (DNI 96.044.629), suscripto en el marco de lo establecido en el artículo 45 de la Ley Provincial N° 14.656 y el artículo 27 de la Convención Colectiva de Trabajadores Municipales, y en el artículo 148 del Decreto – Ley Nº 6769/58 – Ley Orgánica de las Municipalidades (t.v.), con retroactividad al 01 de Enero de 2024 hasta el 31 de diciembre de 2024, para las prestaciones de anestesia en cirugías programadas y de urgencias, prácticas diagnósticas o terapéuticas, según diagrama del mencionado servicio  durante las 24 horas los 365 días del año, de acuerdo a los aranceles detallados a continuación: Aranceles Anestesiología: MAYOR B $ 19.001,47, MAYOR D $ 21.458,52, MAYOR E $ 23.031,89, MAYOR F $ 28.242,91, MAYOR I 33.163,13, ESPECIAL A $ 38.196,00, ESPECIAL B $ 43.942,13, ESPECIAL C $ 50.476,97, ESPECIAL D $ 58.063,61, ESPECIAL E $ 66.777,02, ESPECIAL F $ 76.107,61, ESPECIAL G $ 88.260,00, ESPECIAL H $ 101.555,22, ESPECIAL I $ 116.728,53, ESPECIAL J $ 134.267,74, ESPECIAL K $ 154.436,20, ESPECIAL L $ 177.609,14, ESPECIAL M $ 181.426,41, ESPECIAL N $ 234.847,02, ESPECIAL O $ 270.150,97, ESPECIAL P $ 310.675,43, EVALUACION ANESTESICA (EV) Evaluación Anestésica $ 5.670,96, DISPONIBILIDAD GUARDIA 8 (DG) 24 hs. lunes a viernes $ 70.000, DISPONIBILIDAD GUARDIA 24 hs. Sáb./Dom./Feriados $ 300.000, todos con IVA incluido, dichos montos podrán ser ampliados por acuerdo expreso de ambas partes, como así también la opción de prorroga hasta un mismo periodo.-

ARTÍCULO 2º.- Apruébase la contratación del servicio locado del médico Anestesiólogo Dr. JOSÉ RAMÓN RESOLA (DNI 17.553.807), suscripto en el marco de lo establecido en el artículo 45 de la Ley Provincial N° 14.656 y el artículo 27 de la Convención Colectiva de Trabajadores Municipales, y en el artículo 148 del Decreto – Ley Nº 6769/58 – Ley Orgánica de las Municipalidades (t.v.),con retroactividad al 01 de Enero de 2024 hasta el 31 de diciembre de 2024, para las prestaciones de anestesia en cirugías programadas y de urgencias, prácticas diagnósticas o terapéuticas, según diagrama del mencionado servicio durante las 24 horas los 365 días del año, de acuerdo a los aranceles detallados a continuación: MAYOR B $ 19.001,47, MAYOR D $ 21.458,52, MAYOR E $ 23.031,89, MAYOR F $ 28.242,91, MAYOR I 33.163,13, ESPECIAL A $ 38.196,00, ESPECIAL B $ 43.942,13, ESPECIAL C $ 50.476,97, ESPECIAL D $ 58.063,61,  ESPECIAL  E  $ 66.777,02, ESPECIAL F $ 76.107,61, ESPECIAL G $ 88.260,00, ESPECIAL H $ 101.555,22, ESPECIAL I $ 116.728,53, ESPECIAL J $ 134.267,74, ESPECIAL K  $ 154.436,20,  ESPECIAL L  $ 177.609,14, ESPECIAL M $ 181.426,41, ESPECIAL N $ 234.847,02, ESPECIAL O $ 270.150,97, ESPECIAL P $ 310.675,43, EVALUACION ANESTESICA (EV) Evaluación Anestésica $ 5.670,96, DISPONIBILIDAD GUARDIA 8 (DG) 24 hs. lunes a viernes $ 70.000, DISPONIBILIDAD GUARDIA 24 hs. Sáb./Dom./Feriados $ 300.000, todos con IVA incluido y por su función de “Coordinador” por un monto mensual de PESOS SETECIENTOS MIL CON 00/100 CENTAVOS ($ 700.000,00) desde el 01 de Enero de 2024 hasta el 31 de diciembre de 2024, haciendo un total anual por dicha función de PESOS OCHO MILLONES CUATROCIENTOS MIL CON 00/100 CENTAVOS ($ 8.400.000,00), con IVA incluido, dichos montos podrán ser ampliados por acuerdo expreso de ambas partes, como así también la opción de prorroga hasta un mismo periodo.-

ARTÍCULO 3º.- Dispónese por intermedio de la Secretaría de Salud la confección del contrato de locación de servicios, a suscribirse con los médicos Anestesiólogos JOSÉ RAMÓN RESOLA, ADRIÁN REY, ALFIO REY, MANUEL OMAR BERDULLAS, ANGEL OSMAR ROMERO y MARIA ANGELICA LOPEZ CARRASCO, en los términos del artículo 1° y  2° del presente.-

ARTÍCULO 4°.- Dispónese que los fondos necesarios para dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo anterior se tomarán de la Jurisdicción 1110105000, “Secretaría de Salud”,  Categoría Programática 18.04.00 “Anestesiología”, Partida Presupuestaria 3.4.9.0 “Servicios Técnicos y Profesionales - Otros”, Fuente de Financiamiento 110 “Tesoro Municipal”, del Presupuesto General de Gastos Ejercicio 2024.-

ARTÍCULO 5°.- Refréndase el presente Decreto por la Señora Secretaria Técnica, Administrativa y Legal Interina, la Señora Secretaria de Salud y el Señor Jefe de Gabinete.-

ARTÍCULO 6º.- Regístrese; comuníquese; notifíquese; y archívese.-