Boletines/Campana
Decreto Nº 69/24
Campana, 08/02/2024
Expediente Municipal N° 4016-23867-2015 C/3 Convenio Colectivo Aumento.
Visto
El Decreto Ley 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v); la Ley Provincial Nº 14.656; la Convención Colectiva de Trabajadores Municipales y su similar modificatoria, suscripta el 30 de octubre de 2015 y el 17 de noviembre del mismo año respectivamente, en el marco previsto por dicha Ley y convalidados por Ordenanza Nº 6412/2015; la Ordenanza Nº 6613 promulgada por el Decreto Nº 537/17; la Resolución Conjunta Nº 008/2018 (t.v.) de la Secretaría Técnica, Administrativa y Legal y la Secretaría de Modernización; Acta de Comisión Paritaria Nº 0002/2024, celebrada con fecha 5 de febrero del 2024; y el Expediente Municipal N° 4016-23867-3-2015; y
Considerando
Que la política salarial para el personal se formula en el marco de los acuerdos alcanzados en las negociaciones colectivas regidas por la mencionada Ley Provincial y el Convenio Colectivo de Trabajadores Municipales.
Que obra el Acta de Comisión Paritaria Nº 0002/2024, celebrada con fecha 5 de febrero del 2024, mediante la cual la Comisión Negociadora resuelve incorporar los porcentajes a los sueldos básicos de cada categoría consistentes en el treinta por ciento (30%) para el mes de febrero del año 2024, determinando con dichos aumentos los sueldos básicos del personal Municipal según lo establecido en el ANEXO- SUELDOS BÁSICOS DESDE EL 1° DE FEBRERO DE 2024.
Que lo convenido importa la modificación de los montos previstos en las pertinentes Partidas Presupuestarias a consecuencia de la necesidad de efectivizar la medida.
Que la Secretaría de Economía y Hacienda indica que existen fondos disponibles para acceder a lo solicitado, en las categorías Programáticas correspondientes, del presupuesto General de Gastos vigente, y que no hay objeciones económicas y/o financieras que formular al respecto.
Que, en función de ello, corresponde dictar el pertinente acto administrativo, por el cual se dé cumplimiento a lo dispuesto.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos, Administrativos, Legislativos y Empleo Público interviene y obra dictamen.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones otorgadas por el artículo 108º del Decreto Ley 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v), asimismo, se dicta en los términos de la Ordenanza Nº 6613, promulgada por el Decreto Nº 537/17, y dentro de lo contemplado en el artículo Nº 1 de la Resolución Conjunta Nº 008/2018 (t.v.) de la Secretaría Técnica, Administrativa y Legal y la Secretaría de Modernización.
Que la refrenda del presente acto administrativo se debe realizar en virtud de lo establecido en el Decreto Nº 184/2022 (t.v.).
Por ello,
EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL DE CAMPANA, DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Convalídanse el Acta de Comisión Paritaria Nº 0002/2024, celebrada el día 5 de febrero del año 2024, que se encuentra glosada en el Expediente Municipal N° 4016- 23867-3- 2015.-
ARTÍCULO 2º.- Increméntanse los sueldos básicos del personal municipal enmarcado en el Convenio Colectivo de Trabajadores Municipales, por el treinta por ciento (30%) para el mes de febrero del año 2024.-
ARTÍCULO 3°.- Establécese los sueldos básicos que se detallan en el Anexo titulado SUELDOS BÁSICOS DESDE EL 1° DE FEBRERO DE 2024 que forma parte integrante de este Decreto, a partir del 1º de febrero de 2024.-
ARTÍCULO 4º.- Establécese que los fondos necesarios para dar cumplimiento a lo dispuesto en el presente Decreto se tomarán de las Estructuras Programáticas correspondientes a la jurisdicciones 1110103000 – Secretaría de Economía y Hacienda; 1110105000 – Secretaría de Salud; 1110106000 – Secretaría de Planeamiento y Obras Públicas; 1110110000 – Intendente Municipal; 1110112000 – Secretaría de Gabinete; 1110114000 – Secretaría de Prevención Ciudadana; – 1110120000 Secretaría Técnica, Administrativa y Legal; 1110125000 – Secretaría de Espacio Público y Descentralización; 1110126000 – Secretaría de Ingresos Públicos; – 1110127000 Secretaría de Desarrollo Social, Educación y Cultura; – 1110128000 Secretaría de Desarrollo Económico, del Presupuesto General de Gastos para el año 2024.-
ARTÍCULO 5º.- Refréndase el presente Decreto por la Señora Secretaria Técnica, Administrativa y Legal Interina, el Señor Secretario de Economía y Hacienda, y el Señor Jefe de Gabinete.-
ARTÍCULO 6º.- Regístrese; comuníquese; notifíquese; y archívese.-