Boletines/Lobería
Decreto Nº 1319-24
Lobería, 27/06/2024
ASIGNANSE tareas al personal destajista.
Visto
Las atribuciones conferidas por los artículos 107 y 108 Inciso 17 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, la Ley Provincial 14.656, el artículo 49 de la Ordenanza Nº 1.973/15 y su Decreto Reglamentario Nº 1.167/16 -Régimen de Empleo de la Municipalidad de Lobería-, la Ordenanza Nº 2.827/23, el Decreto Nº 102/24; y
Considerando
QUE, desde la Dirección de Desarrollo Social a través del estudio realizado por las trabajadoras sociales, se comprobó la necesidad de realizar refacciones en la vivienda de la familia Maciel, ubicada en calles Maison y L. Díaz de esta ciudad;
QUE, dicha situación fue puesta a consideración de la Secretaría de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos, quién tiene competencia para determinar los trabajos a realizar y llevar adelante su ejecución;
QUE, consecuentemente, el Director de Vivienda SR. HÉCTOR FABIÁN PALMIERI, solicita la asignación de tareas al personal destajista designado mediante Decreto Nº 102/24, para realizar trabajos de albañilería en la vivienda referenciada, a partir del 14 de junio de 2024;
POR ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE LOBERÍA, en uso de las facultades que le son propias, dicta el siguiente:
D E C R E T O
ARTÍCULO 1.- ASIGNANSE tareas al personal destajista Sr. LUCAS GUSTAVO BRITOS, D.N.I. N° 38.584.362, designado mediante Decreto Nº 102/24, que realizará trabajos de albañilería en la vivienda de la familia Maciel, ubicada en calles Maison y L. Díaz de esta ciudad, a partir del 14 de junio de 2024.
ARTÍCULO 2.- Las tareas específicas a realizar y los montos a percibir por las mismas, se detallan a continuación:
TAREAS MONTO
Bocas de luz embutidas $ 114.873,22
Tendido de cable subterráneo $ 15.378,22
ARTÍCULO 3.- El monto total a abonar será de PESOS CIENTO TREINTA MIL DOSCIENTOS CINCUENTA UNO CON CUARENTA Y CUATRO CENTAVOS ($ 130.251,44.-), resultando luego de aplicar los descuentos correspondientes, una suma efectiva de PESOS CIENTO DOCE MIL DIECISÉIS CON VEINTICUATRO CENTAVOS ($ 112.016,24.-) correspondiendo al Municipio, además, efectuar aportes patronales por I.P.S. $ 15.630,17. La certificación se realizará en forma mensual, previa verificación del área correspondiente.
ARTÍCULO 4.- El presente gasto se imputará a la Partida: “1110104000 Secretaría de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos – 27 Dirección de Vivienda – 43 Emergencia Habitacional – 5.2.1.0. Transferencias a personas”, del Presupuesto de Gastos vigente.
ARTÍCULO 5.- Tomen conocimiento Secretaría de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos, Dirección de Vivienda, Oficina de Personal, Contaduría Municipal, Oficina de Seguros y Honorable Concejo Deliberante. Dése al Registro de Decretos, cumplido ARCHÍVESE.