Boletines/Lobería

Decreto Nº1287-24

Decreto Nº 1287-24

Lobería, 25/06/2024

REGÍSTRANSE las tareas asignadas al personal destajista.

Visto

Las atribuciones conferidas por los artículos 107 y 108 Inciso 17 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, la Ley Provincial 14.656, el artículo 49 de la Ordenanza Nº 1.973/15 y su Decreto Reglamentario Nº 1.167/16 -Régimen de Empleo de la Municipalidad de Lobería-, el Decreto Nº 102/24; y

Considerando

QUE, desde la Dirección de Desarrollo Social a través del estudio realizado por las trabajadoras sociales, se comprobó la necesidad de realizar refacciones en la vivienda de la familia Ledesma, ubicada en calle Blas Morino N° 557 de esta ciudad;

QUE, dicha situación fue puesta a consideración de la Dirección de Vivienda, quien tiene competencia para determinar los trabajos a realizar y llevar adelante su ejecución;

QUE, consecuentemente, el Titular de esa Dependencia FABIÁN PALMIERI, solicita la asignación de tareas al personal destajista designado mediante Decreto Nº 102/24, que realizará trabajos de albañilería en la vivienda referenciada, a partir del 14 de junio de 2024;

QUE, atento a no haberse presentado dicho requerimiento en tiempo y forma corresponde registrar los trabajos realizados;

POR ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE LOBERÍA, en uso de las facultades que le son propias, dicta el siguiente:

D  E  C  R  E  T  O

ARTÍCULO 1.- REGÍSTRANSE las tareas asignadas al personal destajista designado por Decreto Nº 102/24, que realizó trabajos de albañilería en la vivienda de la familia Ledesma, ubicada en calle Blas Morino N° 557 de esta ciudad, a partir del 14 de junio de 2024:

APELLIDO Y NOMBRE                                 DOCUMENTO                   

ALI, CARLOS AGUSTÍN                                  42.041.839                                   

ARTÍCULO 2.- Las tareas específicas a realizadas y los montos a percibir por las mismas, se detallan a continuación:

TAREAS                                                                           MONTO

Realizar pozo ciego                                                     $ 139.802,35

Realizar losa de pozo ciego                                        $   43.086,05    

ARTÍCULO 3.- El monto total a abonar será de PESOS CIENTO OCHENTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y OCHO CON CUARENTA CENTAVOS ($ 182.888,40.-), resultando luego de aplicar los descuentos correspondientes, una suma efectiva de PESOS CIENTO CINCUENTA Y SIETE MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y CUATRO CON CERO DOS CENTAVOS ($ 157.284,02.-) correspondiendo al Municipio, además, efectuar aportes patronales por I.P.S. $ 21.946,61. La certificación se realizará en forma mensual, previa verificación del área correspondiente.

ARTÍCULO 4.- El presente gasto se imputará a la Partida: “1110104000 Secretaría de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos – 27 Dirección de Vivienda – 43 Emergencia Habitacional – 5.2.1.0. Transferencias a personas” del Presupuesto de Gastos vigente.

ARTÍCULO 5.- Tomen conocimiento Secretaría de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos, Oficina de Personal, Contaduría Municipal, Oficina de Seguros y Honorable Concejo Deliberante. Dése al Registro de Decretos, cumplido ARCHÍVESE.