Boletines/Lobería
Decreto Nº 1282-24
Lobería, 25/06/2024
ASIGNANSE tareas al personal destajista.
Visto
Las atribuciones conferidas por los artículos 107 y 108 Inciso 17 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, la Ley Provincial 14.656, el artículo 49 de la Ordenanza Nº 1.973/15 y su Decreto Reglamentario Nº 1.167/16 -Régimen de Empleo de la Municipalidad de Lobería-, la Ordenanza Nº 2.827/23, el Decreto Nº 102/24; y
Considerando
QUE, desde la Dirección de Desarrollo Social a través del estudio realizado por las trabajadoras sociales, se comprobó la necesidad de realizar refacciones en la vivienda de la familia Castro, ubicada en calle Kennedy N° 1.310 de esta ciudad;
QUE, dicha situación fue puesta a consideración de la Secretaría de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos, quién tiene competencia para determinar los trabajos a realizar y llevar adelante su ejecución;
QUE, consecuentemente, el Director de Vivienda de la Comuna SR. HÉCTOR FABIÁN PALMIERI, solicita la asignación de tareas al personal destajista designado mediante Decreto Nº 102/24, para realizar trabajos de albañilería en la vivienda referenciada, a partir del 13 de junio de 2024;
POR ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE LOBERÍA, en uso de las facultades que le son propias, dicta el siguiente:
D E C R E T O
ARTÍCULO 1.- ASIGNANSE tareas al personal destajista Sr. JUAN CARLOS ORONOZ, D.N.I. N° 20.726.000, designado mediante Decreto Nº 102/24, que realizará trabajos de albañilería en la vivienda de la familia Castro, ubicada en calle Kennedy N° 1.310 de esta ciudad, a partir 13 de junio de 2024.
ARTÍCULO 2.- Las tareas específicas a realizar y los montos a percibir por las mismas, se detallan a continuación:
TAREAS MONTO
Excavación y llenado de cimiento $ 36.970,12
Muro de replanteo (ladrillón) $ 5.197,10
Capa aisladora $ 28.191,85
Mampostería 0,15 (ladrillo hueco del 12) $ 94.074,36
Encadenado armado $ 21.867,67
Cielorraso de machimbre $ 38.455,80
Colocación de aberturas $ 44.686,04
Revoque interior fratasado $ 220.185,90
ARTÍCULO 3.- El monto total a abonar será de PESOS CUATROCIENTOS OCHENTA Y NUEVE MIL SEISCIENTOS VEINTIOCHO CON OCHENTA Y CUATRO CENTAVOS ($ 489.628,84.-), resultando luego de aplicar los descuentos correspondientes, una suma efectiva de PESOS CUATROCIENTOS VEINTIúN MIL OCHENTA CON OCHENTA CENTAVOS ($ 421.080,80.-) correspondiendo al Municipio, además, efectuar aportes patronales por I.P.S. $ 58.755,46. La certificación se realizará en forma mensual, previa verificación del área correspondiente.
ARTÍCULO 4.- El presente gasto se imputará a la Partida: “1110104000 Secretaría de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos – 27 Dirección de Vivienda – 43 Emergencia Habitacional – 5.2.1.0. Transferencias a personas”, del Presupuesto de Gastos vigente.
ARTÍCULO 5.- Tomen conocimiento Secretaría de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos, Oficina de Personal, Contaduría Municipal, Oficina de Seguros y Honorable Concejo Deliberante. Dése al Registro de Decretos, cumplido ARCHÍVESE.