Boletines/Tornquist
Decreto Nº 786/24
Tornquist, 12/06/2024
Visto y considerando
VISTO:
El Expediente N°301/23 caratulado “Llamado a Licitación Pública para la ejecución de la obra: Construcción de 38 viviendas en la localidad de Tornquist – Distrito de Tornquist”;
Y CONSIDERANDO:
Que la Municipalidad de Tornquist firmó con el Instituto de la Vivienda de la Provincia de Buenos Aires un convenio específico para la construcción de 38 viviendas en la localidad de Tornquist;
Que dicho convenio fue convalidado por el Honorable Concejo Deliberante mediante la Ordenanza N°3691/23;
Que en el mencionado convenio estableció un valor de obra en Unidad de Vivienda (U.V.I) de DOS MILLONES OCHOCIENTOS OCHENTA Y CUATRO MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y DOS CON 51/100 (2.283.888,40 UVI´s), equivalente en ese entonces a PESOS SETECIENTOS TREINTA Y CUATRO MILLONES CUATROCIENTOS CINCUENTA Y OCHO MIL OCHOCIENTOS TREINTA CON 21/100 ($734.458.830,21);
Que con fecha 09 de Noviembre de 2023, las partes suscribieron un contrato de locación de obra, donde la locadora se obligó a realizar la provisión de Mano de obra, Materiales, Herramientas y Equipamiento necesarios para ejecución de la totalidad de la obra “Construcción de 38 viviendas en la localidad de Tornquist”, Expediente Nº 301/23, Licitación Pública Nº 10/23, Decreto de adjudicación Nº 1612/23 de fecha 09 de noviembre de 2023, por un valor de DOS MILLONES OCHOCIENTOS OCHENTA Y CUATRO MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y DOS CON CINCUENTA Y UNA UVIS (2.884.642,51 UVI´s), equivalente a ese entonces a PESOS OCHOCIENTOS OCHENTA MILLONES CIENTO CUATRO MIL CUATROCIENTOS TREINTA CON 00/100 ($880.104.430,00);
Que, del expediente relacionado, surge que la obra será realizada con una actualización automática del monto dinerario a partir de su equivalente en Unidades de Viviendas (UVI´s), correspondiente al mecanismo previsto en el marco normativo de la aplicación;
Que, por medio de la aplicación del convenio, el Instituto de la Vivienda de la Provincia de Buenos Aires realizará la liquidación de los correspondientes certificados de obra con una actualización automática del monto dinerario a partir de su equivalente en Unidades de Vivienda, circunstancia que se plasmó en el Contrato de Obra N°229/23, celebrado entre la Municipalidad y la contratista;
Que el Pliego de Bases y Condiciones contempla, en el punto 9.5 referido al ajuste de precio, que “el Instituto de la Vivienda de la provincia de Buenos Aires convirtió el valor de la obra en UVIs, y lo mismo realizará la Municipalidad con la oferta ganadora; utilizando como valor base para la actualización, el valor de la fecha de cálculo, es decir, del último día del mes inmediato a la formulación de la oferta(…)”;
Que con fecha 21 de marzo de 2024, el Ministerio de Hábitat y Desarrollo Urbano de la Provincia de Buenos Aires, dictó la Resolución N° 73/2024 donde aprobó la metodología para el cálculo y aplicación del coeficiente complementario, de acuerdo al procedimiento descripto de la mentada resolución, a la cual el Municipio adhirió expresamente mediante nota;
Que GRUPO MARCO CONSTRUCCIONES S.R.L. ha solicitado la adhesión a dicha resolución, para que se aplique el aumento del valor de las UVI´s al contrato vinculante;
Que con fecha 5 de Junio de 2024 el Honorable Concejo Deliberante autoriza la firma de la Adenda de Contrato de Locación de Obra N°229/23 entre la Municipalidad de Tornquist y Grupo Marco Construcciones S.R.L.;
Que con fecha 7 de Junio de 2024, la contratista GRUPO MARCO CONSTRUCCIONES S.R.L y la municipalidad suscribieron una adenda al contrato de locación de obra 229/23 donde se acordó la aplicación del procedimiento de readecuación de UVIs establecido en la mencionada Resolución, a partir del Certificado de Anticipo Financiero, subsiguientes y hasta la finalización de la obra, estableciéndose que la readecuación está condicionada a la disposición presupuestaria y financiera del I.V.B.A.;
Que es necesario autorizar a la Contaduría Municipal a realizar las erogaciones presupuestarias correspondientes
Por ello, en uso de sus atribuciones,
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO
D E C R E T A
ARTÍCULO 1º: Autorícese el pago de las diferencias resultantes en el anticipo financiero y los certificados de obra en los términos del Convenio del “Programa Bonaerense II – Municipios”, suscrito entre el Instituto de la Vivienda de la Provincia de Buenos Aires y la Municipalidad de Tornquist, el Pliego de Bases y Condiciones Generales de la Licitación Pública N° 10/23, el Contrato de Obra N° 229/23 y las normas complementarias.
ARTÍCULO 2º: Autorícese el pago de las diferencias resultantes de la aplicación de la Resolución N° 73/2024 dictada por el Ministerio de Hábitat y Desarrollo Urbano de la Provincia de Buenos Aires, que aprueba la metodología para el cálculo y aplicación del coeficiente complementario, para los Certificados de Anticipo Financiero, subsiguientes y hasta la finalización de la obra, de conformidad a la adenda firmada, en favor de GRUPO MARCO CONSTRUCCIONES S.R.L., C.U.I.T. 30-70959015-0, de la obra “Construcción de 38 viviendas en la localidad de Tornquist”, Expediente Nº 301/23, Licitación Pública Nº 10/23.
ARTICULO 3°: Impútese la erogación a la Jurisdicción 1110107000 – Secretaría de Obras y Servicios Públicos; Categoría Programática 76.71.83 Obras Públicas – Instituto de la Vivienda – 38 Viviendas en la Localidad de Tornquist; Fuente de Financiamiento 132- De origen Provincial.
ARTICULO 4°: Comuníquese y Publíquese. Regístrese y cumplido: ARCHIVESE