Boletines/Tornquist

Resolución Nº24/24

Resolución Nº 24/24

Tornquist, 05/06/2024

Visto y considerando

VISTO:

La vigencia del Convenio que corre por Ordenanza Nº 2872/16 y concordantes;

La inquietud presentada por los Cuerpos de Bomberos Voluntarios del Distrito, en relación al manejo de los incendios originados en el Parque Provincial Ernesto Tornquist, y;

CONSIDERANDO:

Que los incendios acontecidos en el Parque Provincial Ernesto Tornquist resultan de difícil abordaje técnico debido a la inaccesibilidad producida por la naturaleza del medio;

Que el combate contra el fuego en ámbitos como el del Parque Provincial Ernesto Tornquist multiplica los gastos y los riesgos, incluidos los riesgos a la vida humana;

Que la jurisdicción del Parque es Provincial, frente a la existencia de incendios, son los Bomberos del Distrito quienes tienen la responsabilidad del manejo y de tomar las decisiones del combate a los siniestros producidos en dicho ámbito;

Que las acciones que se tomen frente a la emergencia, deberían formar parte de un programa que se mantenga en el tiempo optimizando recursos;

Que para la formulación de un plan integral deberían estar involucrados, junto a los Bomberos Voluntarios, diferentes actores, tanto del ámbito municipal como provincial;

Que el plan integral de trabajo, debería formar parte del Convenio vigente entre el Municipio de Tornquist y la autoridad Provincial del Parque;

POR ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

en uso de sus facultades, sanciona con fuerza de

RESOLUCIÓN

ARTÍCULO 1º: Facultase a las Comisiones de Medio Ambiente y Asuntos Municipales del Honorable Concejo Deliberante para que convoquen a los actores interesados y/o a expertos a fin de confeccionar un “Plan de manejo, prevención y ataque de incendios en el Parque Provincial Ernesto Tornquist y zonas aledañas”.

ARTÍCULO 2º: Serán destinatarios de la convocatoria los Cuerpos de Bomberos Voluntarios del Distrito, la Secretarías de Seguridad y la Subsecretaría de Ambiente del Municipio de Tornquist, el Subdirector de Defensa Civil, los administradores del Parque Provincial Ernesto Tornquist, y todo experto que las partes consideren a los efectos de la finalidad propuesta.

ARTÍCULO 3º: Las reuniones del grupo de trabajo se realizarán según periodicidad y en lugar estimado conveniente por los actores.

ARTÍCULO 4º: En un plazo no mayor a 90 días, se presentará en el Honorable Concejo Deliberante el avance del mencionado Plan y la estimación del ritmo de concreción.

ARTÍCULO 5º: Una vez concluido el Plan, se presentará a las autoridades provinciales, solicitando que, una vez aprobado, se incluya en el Convenio entre el Municipio de Tornquist y las autoridades provinciales.

ARTÍCULO 6º: Comuníquese, Publíquese, Regístrese y Cumplido: ARCHÍVESE.-

APROBADO POR UNANIMIDAD, EN LA SALA DE SESIONES DEL H.C.D. DE TORNQUIST, A LOS CINCO DÍAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL VEINTICUATRO.-