Boletines/Tornquist

Ordenanza Nº3791/24

Ordenanza Nº 3791/24

Tornquist, 05/06/2024

VISTO:

El Convenio celebrado entre el Servicio Coordinador del Centro Regional de Hemoterapia (SCCRH) y el Centro Municipal de Salud de Tornquist Dr. Alberto Castro, y;
CONSIDERANDO:

Que el mencionado Convenio tiene por objeto la entrega, por parte del SCCRH, de los hemocomponentes necesarios, para atender los requerimientos habituales el Centro Municipal de Salud;

Que se asume el compromiso de realizar acciones para promover la donación voluntaria y con compromiso social de  sangre dentro del Área;

Que el presente Convenio regirá ilimitadamente y entrará en vigencia desde su suscripción. Las partes podrán denunciarlo en cualquier momento mediante comunicación fehaciente con una anticipación a 60 días;

Que en el Anexo I del presente Convenio Hospital Municipal de Tornquist se compromete  a entregar a la Cooperadora del Hospital Penna de Bahía Blanca, en concepto de colaboración al SCCRH de dicho Hospital, la suma de  $ 181.458 mensual de Enero a marzo; $ 289.426 mensual, de abril a junio, $ 376.254 mensual, de Julio a septiembre y $ 489.130 mensual, de Octubre a diciembre, durante el año 2024;

Que en cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 41º de la ley Orgánica de las Municipalidades, es necesaria la intervención del Honorable Concejo Deliberante;

ORDENANZA

ARTICULO 1º: Convalídese la firma del Convenio celebrado entre el Servicio Coordinador del Centro Regional de Hemoterapia (SCCRH) con sede en el Hospital H.I.G Dr. Jose Penna, con domicilio en la calle Láinez Nº 2401 de la ciudad de Bahía Blanca, representado por el Director del Hospital Dr. Lic. Jorge Moyano y el Centro Municipal de Salud de Tornquist Dr. Alberto Castro, representado por el Intendente Municipal Sr. Sergio Bordoni.-

ARTICULO 2º: Autorizase al Departamento Ejecutivo a abonar a la Asociación Cooperadora del Hospital Penna de Bahía Blanca, los gastos que demande la presentación del Servicio de Hemoterapia, según lo expresado en el exordio.-

ARTICULO 3º: El Convenio mencionado que consta de diez (10) cláusulas y Anexo I formaran parte integrante de la presente Ordenanza.-

ARTÍCULO 4º: Comuníquese, Publíquese, Regístrese y Cumplido: ARCHÍVESE.-

APROBADO POR UNANIMIDAD, EN LA SALA DE SESIONES DEL H.C.D. DE TORNQUIST, A LOS CINCO DÍAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL VEINTICUATRO.-