Boletines/Tornquist
Ordenanza Nº 3789/24
Tornquist, 05/06/2024
VISTO:
El Expediente N° 301/23 caratulado “Llamado a Licitación Pública para la ejecución de la obra: Construcción de 38 viviendas en la localidad de Tornquist – Distrito de Tornquist”, y;
CONSIDERANDO:
Que la Municipalidad de Tornquist firmó con el Instituto de la Vivienda de la Provincia de Buenos Aires un convenio específico para la construcción de 38 viviendas en la localidad de Tornquist;
Que dicho convenio fue convalidado por el Honorable Concejo Deliberante mediante la Ordenanza N° 3691/23;
Que en el mencionado convenio estableció un valor de obra en Unidad de Vivienda (U.V.I) de DOS MILLONES OCHOCIENTOS OCHENTA Y CUATRO MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y DOS CON 51/100 (2.884.642,51 UVI´s), equivalente al 31 de julio de 2023 a PESOS SETECIENTOS TREINTA Y CUATRO MILLONES CUATROCIENTOS CINCUENTA Y OCHO MIL OCHOCIENTOS TREINTA CON 21/100 ($734.458.830,21);
Que con fecha 9 de noviembre de 2023, la Municipalidad de Tornquist y la empresa Grupo Marco Construcciones S.R.L. suscribieron el contrato de locación de obra, donde la locadora se obligó a realizar la provisión de mano de Mano de Obra, Materiales, Herramientas y Equipamiento necesarios para la ejecución de la totalidad de la obra “Construcción de 38 viviendas en la localidad de Tornquist”, Licitación Pública N°10/23 adjudicado por Decreto N°1612/23 de fecha 9 de noviembre de 2023; por un valor de DOS MILLONES OCHOCIENTOS OCHENTA Y CUATRO MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y DOS CON CINCUENTA Y UNA UVIS (2.884.642,51 UVI´s), equivalente al 6 de octubre de 2023 a PESOS OCHOCIENTOS OCHENTA MILLONES CIENTO CUATRO MIL CUATROCIENTOS TREINTA CON 00/100 ($ 880.104.430,00).-
Que, del expediente relacionado, surge que la obra será realizada con una actualización automática del monto dinerario a partir de su equivalente en Unidades de Viviendas (UVI´s), correspondiente al mecanismo previsto en el marco normativo de la aplicación;
Que, por medio de la aplicación del convenio, el Instituto de la Vivienda de la Provincia de Buenos Aires realizará la liquidación de los correspondientes certificados de obra con una actualización automática del monto dinerario a partir de su equivalente en Unidades de Vivienda, circunstancia que se plasmó en el Contrato de Obra N° 229/23, celebrado entre la Municipalidad y la contratista;
Que el Pliego de Bases y Condiciones contempla, en el punto 9.5 referido al ajuste de precio, que “el Instituto de la Vivienda de la provincia de Buenos Aires convirtió el valor de la obra en UVIs, y lo mismo realizará la Municipalidad con la oferta ganadora; utilizando como valor base para la actualización, el valor de la fecha de cálculo, es decir, del último día del mes inmediato a la formulación de la oferta(…)”;
Que con fecha 21 de marzo de 2024, el Ministerio de Hábitat y Desarrollo Urbano de la Provincia de Buenos Aires, dictó la Resolución Nº 73/2024 donde aprobó la metodología para el cálculo y aplicación del coeficiente complementario, de acuerdo al procedimiento descripto de la mentada resolución, a la cual el Municipio adhirió expresamente mediante nota;
Que en dicha resolución se establece una cotización ajustada del valor de la UVI, resultante de la aplicación de mencionado coeficiente a la UVI publicada por el Banco Central de la República Argentina; y además indica que los certificados de anticipos financieros y certificados de avance de obra se confeccionarán utilizando la mencionada cotización ajustada.
Que GRUPO MARCO CONSTRUCCIONES S.R.L. ha solicitado la aplicación de dicha resolución al contrato vinculante;
ORDENANZA
ARTICULO 1º: Autorizase la firma de la Adenda Contrato Locación de Obra N° 229/23 entre la Municipalidad de Tornquist, representada por el Sr. Intendente Municipal Sergio F. Bordoni y Grupo Marco Construcciones S.R.L., CUIT N° 30-70959015-0.-
ARTICULO 2°: Convalídese la adhesión de la Municipalidad de Tornquist a la Resolución Nº 73/24 dictada por el Ministerio de Hábitat y Desarrollo Urbano de la Provincia de Buenos Aires.-
ARTICULO 3º: La mencionada adenda, que consta de tres (3) cláusulas, forma parte integrante de la presente Ordenanza.
ARTICULO 4º: Comuníquese, Publíquese, Regístrese y Cumplido: ARCHÍVESE.-
APROBADO POR UNANIMIDAD, EN LA SALA DE SESIONES DEL H.C.D. DE TORNQUIST, A LOS CINCO DÍAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL VEINTICUATRO.-