Boletines/Magdalena
Decreto Nº 120
Magdalena, 29/12/2023
Visto
El “Fondo de Seguridad 2022” y el “Programa de emergencia Educativa”, “Fondo educativo”, Fondo de Seguridad 2023”, “Policia comunal”, “Torneos Juveniles” “Convenio Comunidad sin violencia”, “Convenio acuerdo U Pavimento Intertrabado”, “Convenio camino Ferrari”, “Convenio Ministerio Politicas de genero y comunidad sin violencia”, “Convenio municipios a la obra”, “Convenio Vialidad Nacional”, “Crédito Banco Provincia Ord. Nº 3765/20” y el “Convenio Ministerio de Infraestructura FIM 2022”, alguno de ellos de origen provincial y otros de origen Nacional, los cuales se ejecutan con fondos de afectación provinciales (FF132) y Nacionales (FF133) y;
Considerando
Que durante el ejercicio 2023 no ingresaron los fondos comprometidos con el fin de avanzar con la ejecución de los gastos previstos en el Fondo y programa mencionados en los plazos convenidos siendo necesario asumir tales compromisos con Fuente de Financiamiento de libre disponibilidad (FF110) por un total de pesos ciento treinta y dos millones ochocientos setenta y ocho mil ochenta y tres con ochenta y un centavos ($132.878.083,81.-) según el siguiente detalle a continuación:
Que asimismo y en la oportunidad se ejecutaron gastos afectados (FF132) con fuentes de libre disponibilidad (FF110); que en tal sentido en el ejercicio 2023 ingresaron fondos de afectación (FF132) debiendo restituirse los fondos erogados con fuente de financiamiento (FF110) por un total de pesos según el siguiente detalle a continuación:
Que en consecuencia, es necesario proceder en primer termino a asumir gastos afectados (FF132 y FF133) con fuente de libre disponibilidad (FF110) por un total $198.527.918,56.-) y en otro orden restituirse fondos de libre disponibilidad (FF110) que fueron asumidos con fuente afectada (FF132) por un total de $29.126.930,95.-, debiendo regularizar y hacer las correcciones pertinentes de los recursos;
POR ELLO
El Intendente Municipal de Magdalena en uso de sus atribuciones
D E C R E T A
ARTICULO 1º: Procedase a la transferencia desde fondos de libre disponibilidad por la suma total de CIENTO NOVENTA Y OCHO MILLONES QUINIENTOS VEINTISIETE MIL NOVECIENTOS DIECICHO 56/100 ($198.527.918,56.-) con destino a fondos de afectación especifica, de acuerdo al detalle de Jurisdicciones, Rubros y montos obrantes en la planilla adjunta del Módulo de Contabilidad del Sistema RAFAM, la que forma parte indivisible del presente:
Desde:
Recursos 159. Fondos de Libre Disponibilidad
Con destino a:
Recurso 11.4.13.00 “Fondo Educativo” por pesos $15.288.149,81.-
Recurso 11.4.16.00 “Fondo de Seguridad 2023” por pesos $9.514.483,65.-
Recurso 17.5.01.02 “Policia Comunal” por pesos $5.025.630,26.-
Recurso 17.5.01.05 “Torneos Juveniles”, por pesos $11.968.560,00.-
Recurso 17.5.01.34 “Convenio Comunidad sin violencia”, por pesos $3.192.309,75.-
Recurso 17.5.15.00 “Convenio acuerdo U pavimento Intertrabado”, por pesos $7.000.000.-
Recurso 17.5.16.00 “Convenio Camino Ferrari”, por pesos 5.040.000.-
Recurso 22.5.01.25 “Convenio Min. Politicas de Genero y Comunidad Sin Violencia” por pesos $1.188.200,00.-
Recurso 22.5.01.28 “Convenio Municipios a la Obra”, por pesos $74.660.749,94.-
Recurso 22.2.02.02 “Convenio Dirección Nacional de Vialidad”, por pesos $27.813.372,11.-
Recurso 37.7.02.03 “Crédito Banco Provincia Ord. Nº 3765/20”, por pesos $37.836.463,04.-
ARTICULO 2º: Procedase a la transferencia desde fondos de Provinciales y nacionalespor la suma total de PESOS VEINTINUEVE MILLONES CIENTO VEINTISEIS MIL NOVECIENTOS TREINTA CON 95/100 ($29.126.930,95.-) con destino a fondos de Libre disponibilidad, de acuerdo al detalle de Jurisdicciones, Rubros y montos obrantes en la planilla adjunta del Módulo de Contabilidad del Sistema RAFAM, la que forma parte indivisible del presente:
Desde:
Recurso 11.4.15.00 Fondo de Seguridad 2022, por pesos $2.633.680,00.-
Recurso 35.1.01.37 Programa de Emergencia Educativa, por pesos $6.962.086,21.-
Recurso 22.5.01.26 Convenio Ministerio de Infraestructura FIM 2022, por pesos $19.531.164,74.-
Con destino a:
Recursos 159. Fondos de Libre Disponibilidad
ARTICULO 3º: El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Hacienda de la Muncipalidad de Magdalena.
ARTICULO 4º: Comuníquese, tomen nota las oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y archívese.
Fdo.
LISANDRO HOURCADE
Intendente Municipal
Fdo.
Cr. ANDRES GARCIA
Secretario de Hacienda