Boletines/Magdalena
Decreto Nº 85
Magdalena, 21/12/2023
Visto
Las actuaciones del Expediente electrónico número 543-2020 mediante las cuales se otorgó la Habilitación de carácter Provisorio al comercio cuya actividad es TURISMO RURAL, LOCACION TEMPORARIA EN CABAÑAS, ubicado a 700 mts del camino vecinal 065 de la localidad Bartolomé Bavio del Partido de Magdalena, propiedad de SELIM LUIS MARIA, CUIT 20-10949079-3, Legajo Municipal 62964, otorgado mediante Decreto N°1127/21; y
Considerando
Que a la fecha se han cumplimentado los requisitos para el otorgamiento de la habilitación con carácter definitivo en virtud de haber presentado los planos aprobados correspondientes a las Partidas Inmobiliarias n°26014 y 1658 del comercio designado con el legajo Municipal n°62964, que según las intervenciones e informes de las distintas dependencias municipales aconsejan hacer lugar a lo solicitado, por cumplir con los requisitos establecidos en la normativa vigente.
Por todo ello
el INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones
DECRETA
Artículo 1º: Autorizar y registrar a partir de la fecha por los motivos expuestos en el exordio, la Habilitación Municipal con carácter Definitivo del establecimiento comercial cuya actividad es TURISMO RURAL, LOCACION TEMPORARIA EN CABAÑAS (Código de actividad: 63.200-01), propiedad de SELIM LUIS MARIA, CUIT 20-10949079-3, Legajo Municipal Nº 62964 sito en el inmueble designado catastralmente como: Circunscripción VI, Sección Rural, Parcela 2443g y Partida Inmobiliaria Nº24014 y Circunscripción VI, Sección Rural, Parcela 2443 h y Partida Inmobiliaria N°1658, ubicado a 700 mts de camino 065 de la localidad de Bartolomé Bavio, Partido de Magdalena.
Artículo 2º: El presente Decreto será refrendado por el Secretario de Hacienda de la Municipalidad de Magdalena.
Artículo 3º: Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las Oficinas pertinentes dese al Registro Municipal y Archívese.
Fdo.
LISANDRO HOURCADE
Intendente Municipal
Fdo.
Cr. ANDRES GARCIA
Secretario de Hacienda