Boletines/Bahia Blanca

Ordenanza Nº21792

Ordenanza Nº 21792

Bahia Blanca, 23/05/2024

VISTO

El proyecto de ordenanza obrante a foja 4, por el que se solicita la creación de un espacio reservado de estacionamiento frente a la sede de la empresa de Emergencias Médicas SEM SALUD S.A., ubicada en la calle avda. Colón 346 de nuestra ciudad.

Y CONSIDERANDO:

Que a fojas 1 del presente expediente el sr. Daniel Raúl Vogel, en carácter de presidente de dicho establecimiento, solicita la creación de un espacio reservado de estacionamiento dado que resulta necesario que la entrada y salida se encuentre despejada, a fin de que las ambulancias puedan movilizarse con facilidad a la hora de una emergencia, ya que al encontrarse en un sector céntrico, existe gran cantidad de tránsito en hora pico, lo que ocasiona una demora para trasladar las unidades de terapia intensiva móvil.

Que a fojas 2 del expediente de referencia, el Departamento Ingeniería de Tránsito expone: “...dicha solicitud no se encuentra prevista en el marco de la ordenanza 3778 y sus modificatorias por tratarse de una reserva particular.

Cabe agregar que en el artículo 7) de la mencionada ordenanza establece que “las instituciones y/o personas no alcanzadas por los beneficios de esta ordenanza, que consideren necesario disponer de un espacio reservado para estacionamiento, deberán efectuar la solicitud ante el Departamento Ejecutivo, quien dará intervención al Concejo Deliberante fundando los motivos de su pedido que deben obedecer a estrictas razones de utilidad pública”

Por lo expuesto, y teniendo en cuenta que el requerimiento cuenta con el visto bueno de la Dirección General de Movilidad Urbana y que dicha reserva se trata de una excepción a la ordenanza 3778, pero la misma permitirá mejorar el estacionamiento del sector brindando un servicio especial a los residentes el H.Concejo Deliberante en uso de sus facultades, sanciona con fuerza de,

 

ORDENANZA

 

Artículo 1º – Establécese un espacio de estacionamiento reservado sólo de ascenso  y descenso de personas para la empresa Emergencias Médicas SEM SALUD S.A., en avenida Colón 346, con una extensión de 10 metros sobre su frente.

Artículo 2º – Comuníquese al Departamento Ejecutivo para su cumplimiento.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHÍA BLANCA A LOS VEINTITRÉS DÍAS DEL MES DE MAYO DE DOS MIL VEINTICUATRO.-