Boletines/Bahia Blanca
Decreto Nº 1706
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 30/05/2024
Visto la Solicitud de Pedido Nº 3426 originado por la Subsecretaría de Niñez, Adolescencia y Familia, con el objeto de adjudicar la prestación de servicios técnicos y profesionales de un Psicólogo para formar parte del Equipo Técnico de Casa de Abrigo II; y
CONSIDERANDO
Que resulta necesaria la prestación de servicios técnicos y profesionales como cuidadora de Casa de abrigo II, a efectos de acompañar en la revinculación del niño/a con su familia; entrevistas con equipos técnicos intervinientes; coordinación de estrategias para el egreso de niños/as; acompañar y asesorar al personal del Hogar; evaluar permanentemente las estrategias implementadas.
Que a fs. 4 de las presentes actuaciones, consta la declaración de incompetencia, suscripta por la Subsecretaría de Niñez, Adolescencia y Familia, ya que los servicios requeridos no pueden ser cubiertos por personal de planta municipal;
Que se realizó el correspondiente proceso de selección, según Acta que obra en el suministro 9507/2023, del cual surge la selección de la Sra. Goñi Menichelli Martina, D.N.I 40.981.568, quien cumple con el perfil necesario y las capacidades para desempeñarse en Instituciones.
Por todo lo expuesto, el INTENDENTE MUNICIPAL en uso de sus facultades,
- D E C R E T A -
PRIMERO: Declarar la incompetencia en la órbita de la Subsecretaría de Niñez, Adolescencia y Familia, teniendo en cuenta que no existe personal de planta municipal disponible para llevar adelante la tarea requerida.
SEGUNDO: Adjudíquese al Sra. Goñi Menichelli Martina, D.N.I 40.981.568 la prestación de servicios técnicos y profesionales como Psicólogo para cumplir funciones en el Equipo Técnico de Casa de Abrigo II, a partir del 01 de junio y hasta el 31 de agosto de 2024, por la suma total de pesos un millón doscientos noventa mil ($1.290.000.-), en un todo de acuerdo a los requerimientos establecidos en el presente expediente.
TERCERO: Se procede a la delegación de responsabilidad del control de la efectiva prestación del servicio contratado a la Dirección de Casa de abrigo II.
CUARTO: Refrende el presente Decreto el Director de la Agencia de Salud, Desarrollo Social, Ambiente y Hábitat.-
QUINTO: Cúmplase, notifiquese, tomen nota Departamento de Compras, Contaduría General, Subsecretaría Niñez, Adolescencia y Familia, Dirección de Casa de abrigo II, dése al R.O. y ARCHÍVESE.-